Cuernavaca, Morelos.- El Pleno del Congreso local reformó el Código Penal del estado a fin de equiparar la violencia en el noviazgo con la familiar para imponer sanciones de dos a cinco años de prisión y de 200 a 500 días de multa a quienes comentan dicho delito.
En la sesión ordinaria del martes pasado, diputados locales aprobaron el dictamen con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 202 Quintus al Código Penal, que establece lo siguiente: “Se equipara al delito de violencia familiar y se le impondrán las mismas sanciones a que se refiere dicho ilícito, a quien realice los actos señalados en el artículo 202 BIS, en contra de una persona con la que tenga una relación de hecho”.
De tal forma, se estableció que comete el delito de violencia familiar quien realice un acto de poder y omisión intencional dirigido a “dominar, someter, controlar o agredir de manera física, verbal, psicológica y emocional, sexual, patrimonial o económica”. En el mismo artículo 202 Bis se señala que las sanciones van de dos a cinco años de prisión y de 200 a 500 días de multa.
Previo a la aprobación de dicha reforma, el diputado iniciador de la misma, el priista Alberto Martínez González, aportó cifras respecto a la violencia en el noviazgo, considerada como una de las más comunes entre jóvenes de 12 y 19 años de edad.
“Dichas estadísticas sitúan a México ante un problema social grave y complejo, pues se encuentra en el décimo lugar a nivel internacional en agresión a las mujeres; resultando que nueve de cada diez mexicanas de entre 12 y 19 años de edad han sido agredidas durante sus noviazgos”, manifestó el legislador.
El decreto fue aprobado por unanimidad por el Pleno del Congreso del estado.