Los pequeños comercios tienen de plazo dos años para cambiar a materiales reciclables.
De 12 a 24 meses tendrán los pequeños comercios, ambulantes y establecimientos comerciales de cualquier giro, como plazo de transición para la sustitución de plásticos de un solo uso por materiales reutilizables.
Con su publicación en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” desde esta sábado entraron en vigor las reformas y adiciones a la Ley de Residuos Sólidos para el Estado de Morelos, y la Ley de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente del Estado de Morelos, que prohíben a los establecimientos mercantiles, pequeños comercios y a comerciantes ambulantes proporcionar de manera gratuita u onerosa (venta) el uso de plásticos desechables (como bolsas, popotes y unicel) para fines de envoltura, transportación, carga o traslado de alimentos o bebidas.
Esto incluye a los plásticos de un solo uso para el acarreo de los productos comercializados o artículos que hayan recibido un servicio suministrado dentro de un establecimiento.
De acuerdo con las nuevas disposiciones, sólo se podrán utilizar bolsas reutilizables elaboradas de materiales no derivados del petróleo, que para tal efecto establezca la Secretaría de Desarrollo Ambiental.
Los establecimientos mercantiles, tiendas departamentales, centros comerciales y comercios ambulantes deberán presentar a la autoridad competente, según el tipo de generador, un plan de sustitución de los plásticos de un solo uso, y no se sancionará a aquellas unidades económicas que proporcionen para el acarreo de los productos bolsas reutilizables.
A partir de la vigencia de las nuevas disposiciones, los pequeños y medianos comercios, tiendas, abarrotes, fruterías, verdulerías, fondas de comida, loncherías, cafeterías, cocinas económicas y taquerías, así como el comercio ambulante y en general todo el comercio de menudeo que por su actividad otorgue plástico de un solo uso, para el acarreo o empacado de productos, ya sea de manera gratuita o a la venta, tendrán un plazo de 24 meses para transitar hacia el uso de materiales reusables.
Los establecimientos mercantiles de mayoreo, supermercados, tiendas departamentales, de autoservicio, de conveniencia, restaurantes y farmacias, tendrán un plazo de 12 meses para adaptarse a las nuevas normas.
Quienes incumplan con estas disposiciones, podrán ser acreedores a sanciones que van desde las cinco a las 25 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), que oscila entre 436.4 pesos y 2 millones 172 mil pesos.
El Ejecutivo estatal y cada uno de los ayuntamientos tendrán 90 días para realizar adecuaciones en los reglamentos y para realizar campañas permanentes de difusión para que toda la población conozca de la importancia en la migración de hábitos y costumbres para combatir el cambio climático.
Una vez que fenezcan los plazos de transición, los municipios deberán inspeccionar y vigilar el cumplimiento de las disposiciones e impondrán las sanciones administrativas y pecuniarias a quienes no cumplan con la reglamentación en la materia.