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Hoy entra en vigor la ley que obliga el uso obligatorio del cubrebocas en Morelos

La ley establece sanciones como multas amonestaciones y trabajo comunitario

TXT La Unión
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La ley que regula el uso del cubrebocas en Morelos fue publicada este viernes 27 de noviembre se publicó en el Periódico Oficial "Tierra y Libertad" por lo que a partir de este sábado 28 de noviembre entra en vigor, así mismo las sanciones a quien no acate esta medida.

Las sanciones establecidas por no portar el cubrebocas, son:

  • Amonestación con apercibimiento;
  • Trabajo comunitario;
  • Multa de hasta 30 Unidades de Medida    (2,606 pesos)
  • Clausura temporal del espacio, que podrá ser parcial o total.

Esta norma establece que cualquier persona que se encuentre en el territorio del estado de Morelos, que transite por espacios públicos, de uso común cerrados o al aire libre, en comercios, en centros de trabajo, centros comerciales; lugares religiosos así como en el transporte público, deberán usar el cubrebocas obligatoriamente.

¿Quiénes quedan exentos? 

  • Menores de 4 años de edad
  • Personas con problemas para respirar
  • Personas que requieran de ayuda para colocar y retirar el cubrebocas
  • Personas al interior de su vehículo sin compañía

Consulta la ley en: Periódico Oficial "Tierra y Libertad"

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