De entrada, aquella persona o empresa que se dedica a este tipo de negocio debe obtener el permiso correspondiente por parte de la Dirección de Planeación Urbana de la Secretaría de Desarrollo Urbano, Obras, Servicios Públicos y Medio Ambiente del Ayuntamiento de Cuernavaca.
Del mismo modo, no debe rebasar los 65 decibeles en cuanto al nivel de ruido que maneja en los altavoces ya que se le multaría por parte de la Dirección de Ecología de la Subsecretaría de Servicios Públicos municipales.
A su vez, la Dirección de Tránsito de la Secretaría de Protección y Auxilio Ciudadano (SPyAC) también puede multar a estos automovilistas.
Lo anterior, con base al artículo 73 del Reglamento de Tránsito municipal, que sanciona a los vehículos que circulan a baja velocidad y entorpecen el tránsito vehicular. La velocidad mínima es de 40 kilómetros por hora.
Asimismo, el artículo 117 marca en su fracción 3ª que también se puede sancionar a los vehículos que detengan su marcha, en este caso para perifonear.
Cabe destacar que el artículo 31 fracción 10ª sanciona a los vehículos que hacen demasiado ruido; esto una vez que así lo haya confirmado la propia Dirección de Ecología.
Respecto al número al cual se puede dirigir la ciudadanía para reportar a los automovilistas que perifonean y que incurren en este tipo de faltas, es el 066 de la Secretaría de Protección y Auxilio Ciudadano.
1 comentario
Hey
EXCELENTE DECISION en av universidad en las colonias donde vivo pasa hasta… Compartelo!