De acuerdo con las nuevas reglas, los alimentos y bebidas no alcohólicas deberán exhibir un etiquetado más claro para los consumidores, sobre las calorías que contiene cada producto y contar con un sello de calidad nutricional.
Además, se restringirá la publicidad de televisión y cine en audiencias infantiles de productos poco nutritivos de las 14:30 a las 19:30 de la noche y de lunes a viernes. Los sábados y domingos la restricción de la publicidad será de las siete de la mañana a las siete y media de la noche.
La Secretaría de Salud federal argumentó en el cuerpo de dichos decretos, que con estos cambios regulatorios, México se coloca a la vanguardia en América Latina en materia regulatoria.
El cumplimiento de las nuevas disposiciones estará a cargo de la Secretaría de Salud a través de la Comisión Federal de Prevención de Riesgos Sanitarios.
Los dos decretos presidenciales reforman el Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Publicidad y el Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios, como parte de la Estrategia Nacional para la Prevención y Control del Sobrepeso, la Obesidad y la Diabetes.
Con dichas disposiciones, será obligatorio reportar en las etiquetas de los productos, el contenido energético del total del producto para el caso de bebidas saborizadas, chocolates, botanas y productos de confitería.
Conforme a la determinación oficial, los lineamientos entran en vigor en un plazo de 90 días a partir de este viernes, fecha de la publicación.