La encargada local de los Servicios al Contribuyente del SAT, María Yolanda Domínguez Beltrán mencionó al respecto que es “importante comentar a todos los contribuyentes que están obligados a emitir facturas, que a partir del primero de abril su obligación ya es generalizada en su versión de Comprobante Fiscal Digital (CFD) por Internet”.
En este contexto, vale referir que la Secretaría de Hacienda a través del SAT, dio un plazo para que quienes tengan ingresos anuales de hasta 500 mil pesos, pudieran emigrar a la factura electrónica, ya que el plazo vence el próximo 31 de marzo. “De igual manera, a partir del primero de abril todos los contribuyentes que pagan sueldos, salarios e ingresos asimilados, los que tienen en nómina a sus trabajadores deben expedir el CFD por los pagos que realicen”, prosiguió la funcionaria federal.
Para entrar a esta nueva era digital y poder facturar electrónicamente, el SAT implementó varias herramientas de fácil acceso para los contribuyentes. Se trata de tres maneras:
1. “Mis cuentas”, que permite a personas físicas emitir facturas electrónicas de forma rápida y sencilla, desde un celular o dispositivo móvil. Las facturas emitidas a través de esta aplicación, son válidas y legítimas ante el SAT.
2. La otra es la herramienta de generación gratuita, disponible en el portal de Internet del SAT.
3. El Proveedor Autorizado de Certificación (PAC) es la figura autorizada por el SAT para timbrar o certificar un CFD, además de que el PAC también ofrece de manera gratuita la expedición de este documento digital.
En relación a servicios y productos que comúnmente envían sus comprobantes en papel, como los de telefonía, Domínguez Beltrán enfatizó que “todos los comprobantes que expidamos y solicitemos tendrán que ser a través de Internet para hacerlos válidos, tal vez nos sigan enviando el papel, pero para efectos fiscales sólo el CFD será el que valga para las autoridades, por lo que se tendrá que dar el correo electrónico y el RFC a esa compañía para solicitar que envíen el documento correspondiente, y en el caso de que no lo envíen, se puede bajar desde su página de Internet porque ahí deben de estar todos los CFD emitidos”.