En los estrados electrónicos del Consejo de la Judicatura Federal está a la vista la resolución del incidente, promovido dentro del juicio de amparo número 786/2014 por Luis Manuel Torres Ramos, representante legal de la asociación civil Unión Nacional de Empresarios y Artistas de Circos Mexicanos, en el que el Cuarto Tribunal determinó confirmar la negativa de la suspensión definitiva dictada por el Juzgado Segundo de Distrito.
El pasado 7 de abril, el juzgado federal rechazó conceder la suspensión a empresarios y trabajadores afectados por la reforma al artículo 12 de la Ley de Fauna del Estado de Morelos, que prohibió el uso de animales en los circos y la adición del artículo 71 Bis que estableció multas de mil 500 a dos mil días de salario mínimo vigente en el estado (95 mil 655 a 127 mil 540 pesos); el arresto hasta por 36 horas a quienes usen animales en espectáculos circenses y la clausura de los inmuebles donde se desarrolle el evento o espectáculo.
Los empresarios y trabajadores circenses –que buscaban suspender los efectos de la reforma– argumentaron que contaban con registro de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) para la posesión y manejo de animales, y que la reforma legal resultaba inconstitucional al truncar su derecho al trabajo mediante una actividad lícita.
Sin embargo, el juzgado federal, y ahora el Tribunal Colegiado, resolvió negar la suspensión definitiva a la Unión Nacional de Empresarios y Artistas de Circos Mexicanos contra las disposiciones locales, con el argumento de que prevalece el interés social sobre el interés particular. No obstante, está pendiente la resolución de fondo del juicio de garantías promovido por las empresas circenses afectadas.