De acuerdo con el decreto por el cual fueron reformados los artículos 179 y 180, fracciones I, II y III, del Código Penal, recientemente la incidencia del delito de abigeato tuvo un incremento de manera importante en los ámbitos nacional y estatal, lo cual ha ocasionado alarma entre las agrupaciones pecuarias y acuícolas, quienes exigieron a las autoridades de los tres niveles de gobierno tomar acciones efectivas para combatir este ilícito.
“En la actualidad el abigeato es cometido por organizaciones criminales que utilizan medios modernos que han dejado o viene dejando obsoleta la respuesta punitiva del Estado. Siendo esta una realidad social palpable, nos obliga a dar respuestas nuevas, por lo que crece la necesidad de incorporar las nuevas dimensiones del problema, pero fundamentalmente y de modo urgente, debe darse una modificación al tratamiento penal del abigeato en mérito a los bienes jurídicos que están protegidos”, justificó el legislador.
Ante los reclamos constantes de los ganaderos, el Congreso incrementó las sanciones a quienes cometan el delito de abigeato, es decir, “al que se apodere de una o más cabezas de ganado equino, bovino, caprino, ovino, porcino, sin consentimiento de quien legalmente pueda disponer de las mismas”.
La pena de prisión máxima por cometer este ilícito se incrementó de 16 hasta 25 años. Las multas que estaban estipuladas de 50 a 1000 días de salario, aumentaron de 90 a 1500 días. Las mismas sanciones se aplicarán a quienes se apoderen de cualquier otra especie pecuaria no contemplada en el párrafo anterior o de tipo acuícola.
Con las mismas penas serán sancionados aquellos que comercien, transfieran o adquieran bajo cualquier título, animales, carne en canal, pieles u otros derivados del ganado o tipo pecuario diverso, así como aprovechen u obtengan un beneficio económico, reciban o realicen actos de intermediario en el comercio de animales, producto del abigeato.
También quienes hierren, contramarquen, borren, modifiquen, destruyan o alteren de cualquier forma, las marcas o señales que sirven para identificar el ganado, o tipo pecuario diverso; quienes expidan o hagan uso de facturas, certificados zoosanitarios o guías de tránsito, falsos, simulando actos jurídicos de enajenación o de negociación del ganado, mayor, menor y especies acuícolas, así como de sus pieles o subproductos.
Según el último programa de inspección ganadera en Morelos, existen 21,824 productores que crían 247,652 cabezas de bovino; 54,047 ovino; 17,636 de caprino; 37,159 de porcinos; 27,017 3,394 de equinos; 3, 394,396 de aves; y 72,485 colmenas.
Además, se estima que existen 400 granjas que producen alrededor 710 toneladas de peces para consumo humano y 19 millones de peces de ornato al año.