A principios de febrero, el ciudadano Arnulfo Montes Cuén ofreció una conferencia de prensa para anunciar que un despacho de abogados “expertos en daño moral” preparaba sendas denuncias contra comunicadores que lo han señalado como autor de diversos delitos, así como medios de comunicación, entre ellos La Unión de Morelos y este columnista.
Evidenciando su ignorancia jurídica, y en un intento por amedrentar a la prensa, Arnulfo mezcló la Ley Reglamentaria del Artículo 6, párrafo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de derecho de réplica, que se tramita ante un Juzgado de Distrito, con una demanda por daño moral que se hace ante un juzgado civil. Las “denuncias por daño moral” no existen en la legislación vigente.
Visiblemente molesto porque los reporteros le increparon en varias ocasiones, terminó por pedirle a los representantes de la prensa que se retiraran, pues sólo quería quedarse con los “periodistas” que no le hacen preguntas incómodas.
Pues bien, esos abogados “expertos” (provenientes de un despacho en la CDMX, según presumió) interpusieron un “procedimiento judicial en materia de Derecho de Réplica”, que recayó en el Juzgado Octavo de Distrito y que fue radicado con el número 10/2023-II.
En dicha demanda, el ciudadano (ya que no tiene ningún nombramiento del Comité Ejecutivo Nacional ni de la representación local de Morena, y sólo es pareja sentimental de la secretaria de Organización a nivel estatal) exige al que esto escribe “retractarse de sus dichos por falsear información y ofrecer una disculpa pública a los CC. María de la Luz Figueroa y Arnulfo Montes Cuen, por haberlos difamado ante la opinión pública”.
Asimismo, una multa para el periódico por haberse negado a publicar la carta aclaratoria y el pago de los gastos y costas.
Pues bien, el pasado 3 de mayo (coincidentemente día internacional de la libertad de expresión), el juez octavo de Distrito en el Estado de Morelos, Nelson Loranca Ventura, resolvió dicho procedimiento judicial, en los siguientes términos:
Primero. Es procedente la vía ejercida del procedimiento judicial en materia de Derecho de Réplica.
Segundo. El actor Arnulfo Montes Cuen, no probó su pretensión, tal como se estableció en el considerando quinto de esta sentencia, promovida en contra del Periódico Diario de Información General Ecos de Morelos, sociedad anónima de capital variable.
Tercero. Se absuelve a la demandada Periódico Diario de Información General Ecos de Morelos, para que realice la aclaración solicitada.
Cuarto. En virtud de lo anterior, no es procedente aplicar a Periódico Diario de Información General Ecos de Morelos, las sanciones establecidas en los artículos 38 y 39 de la Ley Reglamentaria del artículo 6º. Párrafo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Quinto. Se absuelve del pago de gastos y costas en términos de lo expuesto en el considerando sexto.
Independientemente del resultado, la sentencia del procedimiento 10/2023-II sienta un precedente en la relación de los medios de comunicación y aquellas personas que pretenden abusar del derecho de réplica consagrado en nuestra carta magna, pues los razonamientos del juez octavo de Distrito dejan muy en claro hasta dónde un actor político puede exigir que se le publique en una carta aclaratoria.
Y es que, en nuestra contestación, argumentamos que en La Unión de Morelos privilegiamos el derecho de Réplica de nuestros lectores, tan es así que en infinidad de ocasiones hemos publicado sendas cartas aclaratorias con versiones contrarias a las que publicaron nuestros reporteros o columnistas, en el entendido de que nadie tiene la verdad absoluta y todo depende del cristal con el que se mire.
“Sin embargo, en el caso del Señor Montes Cuen, él no pretendía que se publicara su versión de los hechos como lo establece la Ley Reglamentaria del artículo Sexto, párrafo primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia del Derecho de Réplica, sino aseveraciones totalmente fuera de lugar”, dice la contestación.
Por ejemplo, exigía que “en todos los casos los Reporteros del Periódico LA UNIÓN DE MORELOS, deberán de retractarse de sus dichos, manifestar que faltaron a la verdad y ofrecer una disculpa pública a los ciudadanos afectados”. Es decir, pretendía convertirse en juez y declarar culpables a los periodistas.
Lo anterior rebasa completamente lo que establece el artículo 13 de la referida Ley que a la letra dice:
“El contenido de la réplica deberá limitarse a la información que la motiva y en ningún caso podrá comprender juicios de valor u opiniones, ni usarse para realizar ataques a terceras personas y no podrá exceder del tiempo o extensión del espacio que el sujeto obligado dedicó para difundir la información falsa o inexacta que genera un agravio…”.
Por otra parte, el Juzgado de Distrito distingue perfectamente los géneros periodísticos, pues en su resolución considera que “dentro de la labor periodística existen diversas características y estructuras que no pueden ser asimilables, como lo son la nota informativa —que sólo reflejan los hechos—, la entrevista —transcripciones de un cuestionamiento a una persona—, reportaje —donde se entremezclan datos, hechos y opiniones—, la opinión o crítica periodística —en donde se emiten juicios de valor—, entre otros”.
“Lo anterior es relevante debido a que la columna de opinión publicada físicamente en el periódico el 7 de febrero de 2023 titulada “Un Arnulfo enloquecido”, cuyo autor es Jesús Castillo García, constituye un juicio de opinión dada la naturaleza del género periodístico, que no se encuentra sujeto al derecho de réplica, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley en la materia”.
Y remata:
“En efecto, debido a la imposibilidad de comprobación, los pensamientos, intenciones, opiniones, apreciaciones y juicios de valor, se encuentran excluidos del ámbito de protección del derecho de réplica, sostener lo contrario, esto es, exigir la veracidad de las ideas y opiniones, significaría una censura automática a la libertad de expresión en los medios de comunicación”.
Más claro, ni el agua.
HASTA EL LUNES.