*Restricciones a la circulación en el sector transporte*
En un comunicado, la Comisión Ambiental de la Megalópolis informó que a las 18:00 horas del día de hoy, se registró un valor máximo de ozono de 160 ppb en la estación de monitoreo Tultitlán, ubicada en el municipio del mismo nombre.
Esto como consecuencia de la intensa radiación solar y poca nubosidad que propicia la formación de ozono; además, el viento no presentó una dirección definida favoreciendo el estancamiento y la acumulación del contaminante.
Por lo anterior, la Comisión Ambiental de la Megalópolis hace un llamado a la aplicación inmediata de las siguientes medidas con el objeto de disminuir la exposición de la población al aire contaminado y, con ello, reducir el riesgo de afectación a su salud, así como para reducir la generación de contaminantes y con ello reducir la probabilidad de volver a alcanzar altas concentraciones de ozono el día de mañana.
* Medidas y recomendaciones para la población:
Protección a la salud
- Evitar hacer ejercicio o actividades vigorosas en exteriores entre las 13:00 y 19:00 horas.
- Mantenerse informados sobre la calidad del aire con la App “Aire”, en el sitio web www.aire.cdmx.gob.mx, en twitter @Aire_CDMX o al teléfono 5552789931 ext. 1.
Reducción de emisiones
Se recomienda:
- Facilitar y continuar el trabajo a distancia para reducir viajes.
- Evitar el uso de aromatizantes, aerosoles, pinturas, impermeabilizantes o productos que contengan solventes.
- Recargar gasolina después de las 18:00 horas y no cargar más combustible después de que se libere el seguro de la pistola de llenado.
- Revisar y reparar fugas en instalaciones de gas doméstico.
- Reducir el uso de combustibles en casa acortando el tiempo de ducha a un máximo de cinco minutos y al cocinar, utilizar recipientes con tapa.
- Realizar compras y trámites en línea para reducir viajes.
* Restricciones a la circulación en el sector transporte
Mañana jueves 22 de abril, deberán suspender su circulación en horario de las 05:00 a las 22:00 horas:
a) Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
b) Los vehículos de uso particular con holograma de verificación tipo 1 cuyo último dígito numérico sea 1, 2, 3, 5, 7 y 9, así como aquellos cuya matrícula esté conformada sólo por letras.
c) Los vehículos de uso particular con matrícula local sin holograma de verificación y los vehículos con matrícula foránea de uso particular que no porten holograma de verificación o cuyo holograma no sea “E”, “00” ó “0”.
d) Las unidades que transportan gas licuado de petróleo (pipas y/o semi remolques) cuya matrícula sea NON.
e) Los vehículos de carga local o federal dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas.
f) Los taxis con holograma de verificación “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos a) y b) les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.