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Determinan violencia política por razón de género en contra de síndica de Tetela del Volcán


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Determinan violencia política por razón de género en contra de síndica de Tetela del Volcán
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Determinan violencia política por razón de género en contra de síndica de Tetela del Volcán


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La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por unanimidad, confirmó la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Morelos que determinó la existencia de violencia política por razón de género (VPMG) en contra de la síndica por quien preside el ayuntamiento de Tetela del Volcán.

Desde mayo pasado el Tribunal Electoral del Estado de Morelos había sancionado al alcalde con una amonestación pública y una multa por más de 89 mil pesos al edil Israel Gonzalez Pérez, por incurrir en dicha anomalía en contra de la síndica Marixa Mirella Castro Mendoza. Ahora, la Sala regional confirmó la resolución.

Al dictar sentencia del juicio SCM-JDC-1520/2021 y acumulado, el Pleno señaló que si bien el Tribunal local no se pronunció de manera clara respecto del valor y el alcance de las pruebas ofrecidas por el presidente municipal para justificar sus defensas; lo cierto es que, del análisis de dicho caudal probatorio junto con el aportado por la actora, y el recabado por el Instituto local, no logran consolidar que las actuaciones del denunciado hubieran permitido que la síndica desarrollara sus actividades de manera plena y libre de violencia.

Asimismo, consideró que fue correcto que el Tribunal local haya tenido por actualizadas las conductas consistentes en reducción de personal, negar información útil para el desempeño del cargo, no convocar a sesiones de cabildo y a eventos institucionales; y, que con ello tuviera por actualizados los cinco elementos constitutivos de la VPMG, a que refiere el Protocolo Para la Atención de la Violencia Política Contra las Mujeres en Razón de Género.

Por otra parte, se explicó que de las pruebas no se pudo constatar que existió un proceder por parte de diversas personas integrantes del Ayuntamiento con el objeto de afectar a la actora debido a su género; en tanto que las conductas atribuidas se vieron inmersas en un ámbito individual, dentro de un actuar institucional.

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Tlaulli Preciado

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