Durante la sesión ordinaria del lunes pasado, los legisladores locales reformaron la Ley de Transporte del Estado, a fin de obligar a las autoridades estatales a que justifiquen la expedición de concesiones mediante un estudio y dictamen de factibilidad, que tendrá que hacerse público, para que se compruebe que es necesario el incremento de unidades en cierta zona del estado.
Además, se acordó que dicho proceso se hará posterior a un acuerdo que la Secretaría de Movilidad y Transporte (SMyT) deberá establecer con la autoridad municipal donde se pretenda expedir títulos de concesión para que más unidades presten servicio público en cualquiera de sus modalidades.
De no existir dicho acuerdo, no se podrá llevar a cabo la entrega de los títulos de concesión.
"La autorización para transitar en las vías públicas por la Secretaría, se harán previo estudio técnico y en acuerdo en materia de vialidad, con la autoridad municipal para las zonas urbanas; cualquier autorización que no se ejecute en el plazo de quince días naturales a partir del oficio respectivo, o la ruta se abandone por quienes fueron autorizados, se tendrá por cancelada, requiriéndose una nueva autorización para volver a explotarla", se estableció en el artículo 32 de la citada Ley.
Ademas, en ese mismo artículo se determinó que la SMyT deberá realizar estudios para autorizar la creación o ampliación de un trayecto por donde operen las "rutas", de acuerdo también a un estudio de vialidad.