Con su inmediata publicación en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, entraron en vigor las polémicas modificaciones al Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Morelos, y a la Ley Orgánica Municipal del Estado de Morelos en materia electoral.
La reforma contempla temas como cambios en la organización interna del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (Impepac), constancia de residencia, reelección, paridad de género en las candidaturas, financiamiento a partidos políticos, candidaturas comunes y la disminución de regidurías en cada ayuntamiento, entre otros.
De acuerdo con las disposiciones transitorias del decreto, la reforma contenida en el artículo 74 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Morelos, respecto a que los consejeros electorales no recibirán aguinaldo, no les será aplicable a los consejeros actuales del Impepac.
En razón de la reducción de distritos electorales realizada por la legislatura y la consiguiente delimitación de los mismos realizada por el Instituto Nacional Electoral (INE), por esta única ocasión, para el proceso electoral de 2018, lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 162 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Morelos no será aplicable a los diputados locales que pretendan su reelección, siempre y cuando el nuevo distrito por el que pretendan la reelección, contenga alguna de las secciones electorales del distrito al que representan al momento de inscribir su candidatura.
También se estableció que, por única ocasión, los plazos previstos en el artículo 177 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Morelos, para el proceso electoral 2017-2018, serán los siguientes: a) Para el registro de candidatura a gobernador del estado, será del 20 al 24 de abril de 2018; b) Para el registro de candidaturas a diputados del Congreso del estado, será del 25 al 29 de abril de 2018, y c) Para el registro de la plataforma electoral por parte de los partidos políticos, será del 25 al 29 de abril de 2018.
De igual forma, por única ocasión, los procesos de selección interna de candidatos a los cargos de gobernador, diputados al Congreso y miembros de los ayuntamientos, se llevarán a cabo a partir del 15 de enero del año de la elección, y no podrán extenderse más allá del día 15 de marzo del año de la elección.