Política

Constitucional, pena de prisión por insubordinación militar


Lectura 1 - 2 minutos
Constitucional, pena de prisión por insubordinación militar
Constitucional, pena de prisión por insubordinación militar
Política
Lectura 1 - 2 minutos

Constitucional, pena de prisión por insubordinación militar


Constitucional, pena de prisión por insubordinación militar
<
  • Like
  • Comentar

La penalidad de cinco años para sancionar el delito de insubordinación cometido en servicio, está prevista en el Código de Justicia Militar.

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJN) determinó que es constitucional la pena de cinco años de prisión para sancionar el delito de insubordinación cometido en servicio, prevista en el Código de Justicia Militar.


La Primera Sala analizó el amparo directo en revisión 4788/2024 promovido por un soldado que insultó, apuntó con un arma de fuego e intentó asfixiar a un sargento, razón por la cual fue condenado en un proceso penal a tres años y cuatro meses de prisión por el delito de insubordinación, cometido en actos del servicio, en la modalidad de falta al respeto a un superior cuando se llegue a las vías de hecho, pero sin causar lesión. Esta decisión fue confirmada en apelación.


Inconforme, el soldado promovió un juicio de amparo directo, en el que alegó que la pena de cinco años de prisión establecida en el artículo 285, fracción III, del Código de Justicia Militar para sancionar la conducta en que incurrió, es desproporcionada. El Tribunal Colegiado le negó el amparo, por lo que interpuso un recurso de revisión.


Al analizar el asunto, el tribunal constitucional destacó que la disciplina militar tiene base constitucional y justifica sanciones penales castrenses, pues garantiza la defensa del Estado mexicano, tarea esencial de las Fuerzas Armadas. 


En ese sentido, la Sala resolvió que la proporcionalidad de la pena debía evaluarse en relación con otras sanciones por faltas a la jerarquía contempladas en el Código de Justicia Militar.
Tras dicho análisis, concluyó que la pena de cinco años es proporcional respecto a otros delitos que también persiguen la protección de la disciplina castrense y coinciden en que podrán imputarse a los militares, como la desobediencia y la asonada, cuyas sanciones son similares o, incluso, mayores, llegando hasta sesenta años de prisión. A partir de estas razones, la Primera Sala confirmó la sentencia impugnada y negó el amparo solicitado.

Inicia sesión y comenta

Maciel Calvo

6,587 Posts 29,449,248 Views
Enviar mensaje Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Ant. Critica centro de investigación golpe al IMIPE
Sig. No consiente México desapariciones: GM

Hay 9682 invitados y ningún miembro en línea

Publish modules to the "offcanvas" position.