Alejandro Vera Jiménez y Eduardo Sotelo Nava, rector y ex tesorero de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos (UAEM), fueron vinculados a proceso por el presunto delito de peculado, luego de que la Tercera Sala del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) revocó el fallo, del 1 de octubre pasado, del juez de control Adolfo González López y ordenó que, con libertad de jurisdicción, determinara la situación jurídica de ambos imputados.
A la audiencia, que duró más de cinco horas, se presentó el ex tesorero universitario junto con los abogados defensores, no así el rector Vera Jiménez, cuya representación legal lo reportó enfermo y presentó un justificante firmado por el director de Servicios Médicos de la UAEM, Joaquín Salgado Hernández, quien diagnosticó al jefe universitario una crisis hipertensiva que requería de reposo y medicación.
El juez de control Adolfo González López presidió la audiencia en acatamiento a la resolución emitida por la Tercera Sala del TSJ (integrada por los magistrados Miguel Ángel Falcón Vega, María Idalia Franco Zavaleta y Manuel Díaz Carvajal), que le ordenó de manera urgente resolver la situación jurídica de los imputados.
Lo anterior, pese a estar en curso la resolución de una excusa presentada por el juzgador, por considerar que su imparcialidad y objetividad podrían estar afectadas por la contrademanda que presentó en respuesta a la denuncia penal que la fiscalía anticorrupción le inició, luego de que el pasado 1 de octubre determinó no vincular a proceso a Vera Jiménez y Sotelo Nava, porque fueron violentados el debido proceso y el derecho a una defensa adecuada de ambos imputados, al no proporcionar el agente del Ministerio Público a los abogados defensores todas las fojas del expediente.
Aun cuando los abogados defensores, Sergio Parra González y César García Bravo, refutaron que no había condiciones para realizar la audiencia, debido a que la excusa del juez no había sido calificada por el TSJ y que estaba en trámite un nuevo juicio de amparo contra la resolución de la Tercera Sala, el juzgador afirmó que los magistrados ordenaron, con base en una serie de lineamientos, reponer la audiencia del 1 de octubre sólo a partir del último receso (dejando intocadas el resto de las actuaciones) y determinar la situación jurídica de los imputados, sin que la excusa fuese un impedimento.
Los argumentos de las partes no variaron respecto a la audiencia pasada. La fiscalía anticorrupción argumentó que el rector y el ex tesorero violaron la Ley de Deuda Pública del Estado de Morelos e incurrieron en peculado, al haber comprometido el 2.5% del presupuesto estatal que recibe la UAEM para pagar el crédito adquirido con el Banco Interacciones por 600 millones de pesos, pese al impedimento legal y que los recursos estaban etiquetados para solventar la nómina y gastos de operación de la universidad.
Según la parte acusadora, los imputados cancelaron la cuenta 65503900996 de Santander, donde originalmente se depositaban las aportaciones, y abrieron la cuenta 3001143655 en Banco Interacciones, donde el rector, por mandato irrevocable, pidió a la Secretaría de Hacienda estatal el depósito de las ministraciones estatales.
Además, pidió que el testimonio del rector (presentado al inicio de la audiencia anterior) se tomase como una confesión, porque reconoció ser servidor público y haber autorizado las transacciones.
En respuesta, los abogados defensores del rector y el ex tesorero insistieron en que no se configura delito alguno porque los imputados actuaron conforme a la ley. Argumentaron que no fue violada la Ley de Deuda Pública local, esencialmente, por dos razones: porque se establecía que los órganos autónomos y entidades de la administración pública debían solicitar autorización del Congreso para adquirir créditos, con excepción de los destinados para obras; y porque la UAEM no es un órgano, sino un organismo autónomo, que tiene independencia, personalidad jurídica y patrimonio propio.
Además, señalaron, el propio Consejo Universitario autorizó y mandató al rector la adquisición del crédito. Insistieron que los recursos fueron direccionados a obras de infraestructura universitaria y que, al no tener el carácter de servidores públicos, no les aplica la ley estatal de responsabilidades.
Tras concluir el debate, el juez determinó vincular a proceso al rector y el ex tesorero, por considerar que sí tienen el carácter de servidores públicos y que sí hay indicios de la comisión de un delito, debido a que hay aceptación de la firma del contrato para adquisición del crédito con el Banco Interacciones y que, si bien no fue usado para beneficio personal, sino para obras en la universidad, fueron afectadas las participaciones estatales que recibe la UAEM para un fin distinto al etiquetado, es decir, la nómina y operatividad de la institución educativa.
También enfatizó que los imputados no pueden evadir su responsabilidad, con el argumento de que la contratación del crédito fue mandato del Consejo Universitario, ni tampoco pueden argüir que el presupuesto estatal que recibe la UAEM puede ser manejado discrecionalmente por la administración universitaria, pues recalcó que estos recursos fueron etiquetados para fines específicos en el convenio signado por el representante de la universidad, la SEP, y el gobierno del estado.
En virtud de que el rector y el ex tesorero cuentan con una suspensión definitiva de un juez de distrito, el juez de control no impuso medidas cautelares a los imputados. Sólo fijó dos meses para el cierre de investigación.