Cuernavaca, Morelos.- Al menos cuatro ayuntamientos promovieron controversias constitucionales ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), contra las destituciones e inhabilitaciones de ediles e integrantes de los Cabildos por incurrir en desacato a las sentencias del Tribunal de Justicia Administrativa (TJA).
De acuerdo con los artículos 11 y 91 de la nueva Ley de Justicia Administrativa, promulgada en junio de 2017, el Pleno y los magistrados del tribunal administrativo tienen facultades para decretar la destitución e inhabilitación hasta por seis años de los servidores públicos, cuando éstos, reiterada e injustificadamente, se nieguen a cumplir las sentencias del TJA.
En razón de ello, los municipios de Cuernavaca, Cuautla, Puente de Ixtla y Tlaquiltenango promovieron sendas controversias constitucionales para impugnar ambos artículos, por considerar que la norma es excesiva e invasiva competencialmente, al permitir la destitución de funcionarios electos mediante el voto ciudadano, ya que su remoción es potestad exclusiva del Congreso.
En sus demandas, también alegaron que se atenta contra la integración y la autonomía del municipio, salvaguardadas en el artículo 115 de la Constitución federal.
Hace un par de días, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió la suspensión solicitada por el presidente municipal de Cuernavaca, Cuauhtémoc Blanco Bravo, y el resto de los integrantes del Cabildo capitalino para evitar la destitución e inhabilitación ordenada por el Tribunal de Justicia Administrativa (TJA) del estado de Morelos
De igual manera, servidores públicos de los otros tres municipios han obtenido suspensiones para evitar se ejecuten las órdenes del tribunal administrativo.
En entrevista, el magistrado presidente Tribunal de Justicia Administrativa (TJA), Jorge Estrada Cuevas, afirmó que la democracia es amenazada por aquellas autoridades o servidores públicos que se niegan a cumplir con las sentencias judiciales.
Consideró que el cumplimiento de las sentencias nada tiene que ver con las garantías de municipios previstas en el artículo 115 de la Constitución federal.
En su opinión personal, resaltó que todos los servidores públicos están obligados a cumplir con la ley y las sentencias emanadas de los tribunales, sin embargo, en algunos casos las autoridades insisten en poner obstáculos e ignorar las resoluciones jurisdiccionales, y es la misma ley la que establece mecanismos para remover esas trabas.
Advirtió que “se afecta gravemente la democracia si no se cumplen con las sentencias, máxime si viene de una autoridad; porque si permitimos que las autoridades se burlen de los tribunales y no ejecuten las sentencias, no sólo es una burla para la tribunales, también es una violación al derecho humano a la administración de justicia, cuyo derecho de los justiciables debe prevalecer sobre la integración de un ayuntamiento”.
Recalcó que la ley permite medidas de apremio y sanciones para evitar que los servidores públicos cometan excesos y menosprecien el estado de derecho.