Política
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Detectan inconsistencias en la suspensión que mantiene en el cargo a Cuevas López


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La secretaria encargada del despacho del Juzgado Octavo de Distrito en el Estado de Morelos debía declinar  competencia en favor de cualquiera de sus homólogos en el amparo 1222/2019, de su índice a los Juzgado Quinto o  Séptimo de Distrito, por existir un precedente por conocimiento previo, respecto del acto reclamado por la quejosa Maria del Carmen Cuevas López, quien tramitó ante los mencionados órganos jurisdiccionales de distrito en el estado, afirmó el abogado Jorge Luis López Flores, quien sostuvo que no debía pronunciarse sobre la admisión de la demanda y la suspensión solicitada por la magistrada.

El profesionistas señaló que cuando el Juez de Distrito o el Tribunal Unitario de Circuito ante el cual se hubiese promovido un juicio de amparo tenga información de que otro está conociendo o conoció de un juicio diverso, tramitado por el mismo quejoso, contra las mismas autoridades y por el mismo acto reclamado, aunque los conceptos de violación sean distintos, lo comunicará de inmediato por oficio a dicho órgano y anexara la certificación del día y hora de la presentación de la demanda, y la remitirá, así como en su caso, del auto dictado como primera actuación, de lo antes señalado.

El abogado estimó que la secretaria del Juez Octavo de Distrito debió considerar seguir estas reglas ante la información de que existían diversos juicios radicados en el decimoctavo circuito, pues ello constituye un hecho notorio, en los que Cuevas López, recurrió a la justicia federal, para impugnar el decreto que le afecta, porlo que la funcionaria judicial pudo haber considerado esta posibilidad, cuando lo habitual es que si esta autoridad se iba a declarar incompetente, como en todos los casos sucede, no debió decidir sobre la admisión ni sobre la suspensión solicitada por la quejosa, ante el supuesto jurídico de carecer de competencia y remitir con sus anexos, al juez o tribunal competente, como lo dispone la ley reglamentaria de la materia, aspecto que no se dio y que en cambio procedió a conceder a Cuevas López la suspensión del acto reclamado.

Jorge Luis López Flores aseguró que dicha inconsistencia quedo de manifiesto cuando el 24 de octubre la Secretaria Ejecutiva de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal determinó  que el Juez Séptimo Distrito en el Estado, quien debe conocer y continuar con la tramitación del juicio promovido por María del Carmen  Cuevas López, violó el  trámite del amparo al conceder la suspensión, lo que le permitió a la solicitante continuar ejerciendo sus funciones de magistrada del Tribunal Superior de Justicia del estado de forma ilegal.

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La Redacción

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