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FGE emite lineamientos para ofrecer recompensas


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Mediante esa práctica se pretende coadyuvar en la localización de desaparecidos y criminales.

La Fiscalía General del Estado (FGE) emitió el acuerdo por el que estableció los “Lineamientos para el ofrecimiento, entrega y monto de recompensas para quien aporte información útil relacionada con las investigaciones que realice la FGE para la localización, detención o aprehensión de probables responsables o imputados de la comisión de delitos, así como para la localización de personas desaparecidas”.

Según el acuerdo 13/2020, el ofrecimiento de recompensas “podrá realizarse respecto de delitos de prisión preventiva oficiosa o que sean de trascendencia e importancia para la sociedad, considerando para ello las circunstancias o complejidad para la localización, detención o aprehensión de probables responsables o imputados por la comisión de delitos, así como la localización de personas desaparecidas”.

La propuesta de ofrecimiento y otorgamiento de recompensa solo podrá realizarla los titulares de la Fiscalía de Investigación de Delitos de Alto Impacto (FIDAI) y las Fiscalías Regionales o Especializadas, en el ámbito de sus respectivas competencias, que remitirán su solicitud a la Unidad  de Técnicas de Investigación para su análisis y, en caso de reunir los requisitos, proceder a la elaboración de la propuesta de acuerdo específico correspondiente y establecer el monto a ofrecer, con base en la suficiencia presupuestal.

La información que se reciba, con motivo del ofrecimiento de la recompensa, deberá ser verificada; la identidad del informante y los medios de contacto o recepción de datos se mantendrán bajo total confidencialidad; el servidor público que reciba la información deberá resguardarla bajo su más estricta responsabilidad; la veracidad y utilidad de la información, y la eficacia, eficiencia, efectividad y oportunidad del auxilio al Ministerio Público, para efectos del pago, serán determinadas por el Agente del Ministerio Público encargado de la investigación, con base en las diligencias que se hayan practicado.

La entrega de la recompensa se realizará mediante depósito en cuenta bancaria o en efectivo, únicamente a quien cuente con el número confidencial de identificación, asignado al informante.

Para tal efecto, el servidor público que reciba la información deberá requerir al interesado el número de la cuenta bancaria respectiva o citarlo para hacer la entrega en efectivo, con apoyo de la Coordinación General.

Si dentro de los diez días hábiles siguientes a la comunicación a que se refiere este numeral, la persona a quien debe entregarse la recompensa no proporciona el número de la cuenta bancaria o no acude a la cita, sin causa justificada, perderá el derecho a recibir la recompensa.

 

 

 

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Maciel Calvo

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