En ambas resoluciones se determinó que el cese de los dos demandantes, que hasta septiembre de 2010 se desempeñaban como elementos de la Secretaría de Protección y Auxilio Ciudadano, fue ilegal debido a que no fueron sujetos a los procedimientos correspondientes para justificar su baja.
Debido a modificaciones constitucionales y las disposiciones en las legislaciones nacional y estatal relativas al sistema de seguridad pública, los integrantes de las corporaciones policíacas que hayan sido dados de baja por cualquier motivo, por ninguna razón pueden ser reinstalados.
Por este motivo, los demandantes no podrán regresar a su cargo pero sí serán beneficiarios de una indemnización de tres meses más el pago de prestaciones y salarios caídos, los cuales correrán desde el día del despido hasta el día que sea liquidado el pago.
En los próximos días, el Tribunal Contencioso Administrativo resolverá otro bloque de juicios promovidos por policías de Cuernavaca.
El 13 de septiembre de 2010, un grupo de policías municipales realizó una protesta frente a la sede del Ayuntamiento de Cuernavaca para exigir mejores salarios y condiciones laborales. Días después, casi un centenar de policías fue despedido presuntamente porque no realizaron o no pasaron los exámenes de control de confianza. Ante ello, los ex agentes promovieron juicios alegando que no había causales de despido y reclamando el pago de sus prestaciones, indemnizaciones y salarios caídos.
Según algunos juristas, esto podría ser el umbral de una carga financiera para el Ayuntamiento de Cuernavaca y la Secretaría de Protección y Auxilio Ciudadano, pues en caso de perder estos juicios, tendrían que erogar más de cinco millones de pesos.