Política

Impartirán cursos sobre igualdad de género a transportistas


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La capacitación será requisito para obtener la certificación.

Los operadores del servicio público de transporte deberán someterse a cursos de igualdad de género, no discriminación y derechos humanos para obtener la certificación por parte de la Secretaría de Movilidad y Transportes (SMyT), como parte de las medidas para intentar frenar la violencia que diariamente sufren las mujeres que hacen uso de este servicio.  


Con su publicación en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, entraron en vigor las reformas y adiciones a los artículos 82, 89 y 90 de la Ley de Transporte del Estado de Morelos, cuyo fin es prevenir que los choferes incurran en actos lascivos que incomoden o agredan a las usuarias.


De acuerdo con el decreto legislativo, “es del dominio público, que el transporte púbico ha sido un medio en el que en muchas ocasiones se han visto vulneradas las mujeres y niñas, ya sea por los usuarios y por los operadores de las unidades” con miradas lascivas, chiflidos, insinuaciones, comentarios o majaderías sobre la forma de vestir o respecto al cuerpo de la persona, ofensas o humillaciones por el solo hecho de ser mujer, toma o muestra de fotografías o video sin su consentimiento, recargamientos o tocamientos, amenazas, agresiones físicas y sexuales.


Ante ello, se consideró necesario buscar medidas para inhibir la violencia que se perpetra en el transporte público en contra de las mujeres y generar masculinidades sanas en materia de transporte y vialidad
“De ahí la importancia de la reforma y adición de diversos artículos de la Ley de Transporte del Estado de Morelos, que establezca la obligación de aprobar la capacitación como operador del transporte público y en perspectiva de género; que la Dirección General de Transporte de a conocer los cursos, conferencias y talleres sobre temas de perspectiva de género, derechos de las mujeres a una vida libre de violencia, así como masculinidades sanas; practicar las evaluaciones con los que se acredite que los operadores están debidamente capacitados sobre los temas señalados; coordinar los programas permanentes de seguridad en transporte, educación vial y prevención de accidentes, perspectiva de género, derechos de las mujeres a una vida libre de violencia, así como masculinidades sanas, y aprobar cuando menos el curso básico y de actualización en los temas señalados”, estableció.


Adicionalmente, en el decreto legislativo se fijó un plazo de 90 días naturales para que la Secretaría de Movilidad y Transporte realice adecuaciones a sus reglamentos y demás ordenamientos jurídicos para aplicar las reformas y adiciones.

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Maciel Calvo

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