Sala Superior determina que es constitucionalmente inviable suspender el proceso electoral extraordinario del PJF 2024-2025.
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que es constitucionalmente inviable suspender el proceso electoral extraordinario del Poder Judicial de la Federación 2024-2025, por lo que el proceso de organización de los comicios para la elección de jueces y magistrados federales debe continuar.
Por mayoría de votos, declaró procedente la acción declarativa solicitada por el Instituto Nacional Electoral (INE) y determinó que es constitucionalmente inviable suspender el desarrollo del proceso electoral extraordinario relativo a la elección por voto popular de 464 magistraturas de circuito y 386 juzgados de distrito en junio de 2024.
La determinación derivó de la solicitud hecha por el INE a la Sala Superior para emitir un pronunciamiento orientado a garantizar el cumplimiento de sus funciones ante las resoluciones de diversos juzgados de distrito en las que se admitió, otorgó o negó la suspensión de los actos relacionados con el proceso electoral extraordinario.
A propuesta del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, determinó que el INE no puede detener las actividades electorales que se derivan del inicio de un proceso electoral por mandato normativo, por ser de orden público y estar constitucionalmente así previsto, y por ello declaró procedente la acción declarativa solicitada.
Incluso, la magistrada presidenta del TEPJF, Mónica Soto, recalcó que, si bien constitucionalmente es inviable suspender la realización de los procedimientos electorales a cargo del Instituto Nacional Electoral, “no es materia de pronunciamiento ni de litis la validez, legalidad o eficacia de las actuaciones o resoluciones de suspensión emitidas por diversos jueces y juezas de amparo, por lo que esas determinaciones quedan intocadas en esta sentencia”.