Dicho instituto político no tiene estatutos para realizar un proceso de designación de dirigencia, establece el tribunal electoral.
Por unanimidad, el Tribunal Electoral del Estado de Morelos (TEEM) revocó la elección de la dirigencia estatal del Partido de la Revolución Democrática (PRD) por carecer de estatutos que regulen la designación de su liderazgo.
En el juicio para la protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía, Laura Serrano Peña y Paloma Suárez Gutiérrez, quienes anteriormente ocupaban las carteras de Igualdad de Género y Comunicación Política de este partido, manifestaron su inconformidad con la elección de la nueva Directiva Estatal Ejecutiva, realizada el pasado 23 de marzo, en la que nuevamente fue designado como dirigente estatal, Sergio Prado Alemán, y Matías Quiroz Medina, exsecretario de Gobierno en el sexenio de Graco Ramírez, como secretario general del instituto político.
Ambas ciudadanas y militantes perredistas argumentaron que no tuvieron conocimiento seguro y claro previo a la celebración del Tercer Pleno Extraordinario del Noveno Consejo Estatal del PRD, que de ahí surgiría la nueva dirigencia, “toda vez que la mesa directiva de dicho pleno no fue dotada de facultades expresas, de modo tal, que todos los participantes en dicho pleno conocerán con claridad y seguridad las reglas de actuación a que se encontraba sujeta para la elección de la nueva directiva”.
Al resolver el juicio TEEM/JDC/38/2025-3, promovido por ambas inconformes, el Pleno del TEEM determinó que el partido político careció de norma alguna para la elección de la nueva directiva, ya que hasta el momento no cuenta con estatutos aprobados por la autoridad correspondiente.
“Consecuentemente, al no contar con un estatuto aprobado previamente por la autoridad competente que sea legalmente válido, amén de no generar certeza en su actuar, vulnera el principio de legalidad toda vez que al celebrarse dicho pleno, la responsable no se circunscribió a las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias de la materia, contraviniendo con su actuar” las disposiciones previstas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley General del Partidos Políticos y el código electoral local.
Al declarar fundados los agravios planteados por ambas militantes, el TEEM determinó revocar la realización del Pleno Extraordinario del PRD mediante el cual se eligió la directiva, así como estableció que, en plenitud de jurisdicción, “se decreta que el Partido de la Revolución Democrática Morelos continúe con el proceso de registro como partido político local en el estado de Morelos, hasta en tanto sea aprobado por la autoridad competente su estatuto”.
En el 2021, el PRD perdió su registro como partido local, pero en el proceso de 2024 lo recuperó tras alcanzar poco más del 3% de la votación y comenzó de nuevo con su proceso para obtener su registro y acceder a las prerrogativas.