De acuerdo con el comunicado del TEE, los magistrados del órgano electoral resolvieron los juicios: TEE/JDC/011/2012-2, TEE/JDC/012/2012-2, TEE/JDC/013/2012-1, TEE/JDC/014/2012-3, TEE/JDC/015/2012-1, TEE/JDC/016/2012-1, TEE/JDC/017/2012-3, TEE/JDC/021/2012-3 y TEE/JDC/022/2012-1, promovidos por los militantes del PRI, Jorge Arizmendi García, José Luis Rodríguez Sánchez, José Marlon Barajas Franco, Jonathan Efrén Márquez Godínez, Ataulfo Hinojosa García, Enoé Salgado Jaimes, Alfonso Barrera Urióstegui, Roberto Andrés Godínez Vega y José Carlos Castillo Godínez, quienes alegaron no haber sido notificados sobre la negativa de sus registros como precandidatos.
Los integrantes del pleno del TEE consideraron que los impugnantes no agotaron sus controversias ante los órganos internos del partido en cuestión, “resultando la improcedencia de la vía per saltum que implícitamente aducen los actores, puesto que los accionantes debieron agotar la instancia partidista establecida en la normatividad interna del Partido Revolucionario Institucional; por otro lado, porque la pretensión de los actores puede ser restituida a través del recurso de inconformidad que prevé el reglamento. En tal sentido, dichos recursos deben ser resueltos a la brevedad posible, por la Comisión Estatal de Justicia Partidaria del instituto político involucrado”.
Por esta razón, los magistrados electorales reencauzaron las inconformidades al órgano interno del PRI, al cual le dieron un plazo de 24 horas –contados a partir de la notificación del TEE- para que resuelva lo conducente, notifique los dictámenes sobre sus solicitudes de registro a las precandidaturas e informe al tribunal el cumplimiento de la sentencia.