Díaz Carbajal dijo en entrevista, que el decreto es muy claro en el que se expresa el absoluto respeto a la garantía Constitucional que es la libertad de trabajo en tanto no se desempeñe éste, existe la posibilidad de desempeñar otra comisión, cargo o empleo público.
Respecto a la falta de carrera judicial, señaló que la actividad jurisdiccional no solamente requiere de jueces o magistrados, también de partes litigantes, y es la parte en la que argumentó haberse desempeñado durante 18 años, a favor de instituciones, de particulares y del estado.