El funcionario explicó que a los órganos autónomos, “nos han dejado en el limbo, ya que aquí no te regula ni la Ley Federal del Trabajo, ni la Ley del Servicio Civil, entonces quién me regula: los acuerdos generales que expida el instituto electoral local, así se lo han dicho al propio IFE, ahora INE, cuando han habido demandas”.
Pero además, dijo Acevedo Velázquez lo de la autorización para que “podamos tener una indemnización, en su momento la idea era que el INE sepa que no nos puede remover o que en todo caso debe pagarnos, pero precisar que no será un pleito con el gobierno del estado, ni la indemnización se tomará de los recursos estatales, ni siquiera con recursos del propio IEE, sino que se le va a decir al INE: paga lo que corresponde porque a mí me eligieron para estar cuatro años” ( y a penas llevan uno).
Explicó además que es un asunto de derechos laborales adquiridos, “a los que en todo caso debe responder el INE, que es el que no quiere que ya estemos. Yo no estoy dando motivos para que me quiten y si así lo decide, que pague lo que por ley corresponde; yo laboralmente fui nombrado por cuatro años, dice la Ley del Servicio Civil: trabajador al servicio del estado es aquel que recibe un nombramiento de un poder y a mí me dieron el nombramiento por cuatro años, la sala superior ya dijo que si me remueven están violando un derecho que yo tengo”.
Finalmente, señaló que esos cambios que hicieron al reglamento, no fue para “anticiparnos absolutamente nada (de dinero), lo que estamos haciendo es poner la remoción anticipada de los consejeros, que da lugar a una indemnización del resto del periodo que no trabajemos”.