El diputado y presidente de la Comisión de Justicia, Carlos de la Rosa Segura, señaló que el Poder Legislativo está en condiciones de tomar una decisión respecto a qué aspirantes son los mejores para ocupar las magistraturas del TSJ, que dejaron vacantes el pasado 17 de mayo Ezequiel Honorato Valdés y Virginia Popoca González, quienes concluyeron con su período constitucional de 14 años.
Indicó que todos los aspirantes compiten en igualdad de circunstancia y, en los siguientes días, los diputados deberán de seleccionar los mejores perfiles para concretar las designaciones. “El análisis se hará en conjunto en relación a todas y cada una de las actitudes que pudieran demostrar o que tengan dentro de su currículo y será los mejores perfiles los que, yo espero, se queden dentro de esta legislatura, se puedan privilegiar, que no se politice la situación, que no se partidice y de una u otra manera cumplamos con nuestra responsabilidad constitucional, que tenemos de designar a quien habrá de administrar justicia, porque finalmente el día de mañana no podremos, en su momento, levantar la voz reclamando que no se administra justicia debidamente, cuando nosotros somos los responsables de designar a quien lo hace”, explicó.
Indicó que en los próximos días el Congreso determinará quiénes son las personas que podrían ser designadas, pero en caso de necesitar más tiempo para consensar los nombramientos, se recurrirá a la figura de los magistrados interinos para cubrir temporalmente las vacantes. No obstante, De la Rosa Segura confió en que se concretarán los nombramientos en un breve lapso.
Por cuanto al litigio que sostienen el Congreso y el magistrado Andrés Hipólito Prieto, quien cuenta con una suspensión definitiva del Juzgado Segundo de Distrito para evitar ser removido, hasta en tanto se resuelve si conserva o no la inamovilidad hasta cumplidos los 70 años, el legislador señaló que hay elementos para que la autoridad sobresea el juicio de amparo iniciado por el magistrado y el Congreso agotará las instancias legales, porque -desde su punto de vista- el magistrado concluyó su período de 14 años y no tiene la inamovilidad referida.