Esta semana, la presidencia de la Mesa Directiva del Congreso del estado fue notificada de cuatro acciones de inconstitucionalidad en contra del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales, el cual fue aprobado el pasado 12 de julio.
Se trata del recurso 84/2014 promovido por el Partido Acción Nacional (PAN), en contra de los artículos 179 y 180 del nuevo código, en la cual se afirma que dichos preceptos no garantizan la paridad entre los géneros para la distribución de las candidaturas, por lo que hace a presidentes municipales y diputados de mayoría relativa, como se determina en la legislación federal.
Es que en este recurso, el blanquiazul señala que nuevamente se pretende distribuir las candidaturas a discreción, ya que en la excepción que se aplicó en el Código electoral aprobado por el Poder Legislativo se establece que "para que no se aplique la paridad cuando los candidatos provengan de procesos democráticos".
Sin embargo, el Tribunal Federal Electoral determinó en la resolución SUP-JDC-12624/2011, en el que determina que no cabe la excepción de "procesos democráticos" cuando los mismos partidos elijan en procesos internos a sus candidatos, sin garantizar la paridad de géneros, pues esta acción es inconstitucional.
Al respecto, el Congreso del estado a través del área jurídica de la Mesa Directiva respondió que al realizarse en un proceso interno de partido se atiende también a la voluntad popular.
"Cuando mandas a un proceso interno, abierto a la ciudadanía, esta ciudadanía decide sobre un género u otro, debería de respetarse el principio democrático de la elección", aseveró el presidente de la Mesa Directiva, Juan Ángel Flores Bustamante, quién aseguró que el Poder Legislativo no actuó de forma inconstitucional.
De ser favorecido el PAN en esta acción, se afectaría a la mayoría de los partidos que aún designan a sus candidatos mediante procesos democráticos, pero entre su misma militancia.
De igual forma, el Partido Movimiento Ciudadano promovió el recurso 54/2014, en el que impugnó diversas disposiciones del nuevo código en materia electoral, como el tema de las coaliciones, ya que la contabilización de los votos se hará a favor de los candidatos y no para los partidos que se unieron.
El artículo 59 del código en mención, también fue impugnado por el Partido Verde Ecologista en el recurso 39/2014.
El Partido Social Demócrata en el recurso 39/2014 promovió acción de inconstitucionalidad por lo que refiere a la fórmula que habrá de aplicarse a partir de la reforma electoral para la asignación de financiamiento a partidos políticos, pues se afirma que "es un claro retroceso a la equidad y al nuevo principio de paridad".
En lo que hace a Movimiento Ciudadano, en el recurso promovido también se combate la reforma correspondiente al porcentaje para ser candidato ciudadano del 3%, además del financiamiento para estos candidatos.
El Congreso local ya respondió a dichos recursos y se espera que en los siguientes días haya respuesta por parte del Tribunal Federal Electoral.