Este miércoles por la mañana se iba a desarrollar una audiencia para el juicio abreviado de un hombre acusado de posesión simple de mariguana, pero la fiscal del caso afirmó, frente a la juzgadora, que no se podría llevarse a cabo porque sus superiores no se lo habían autorizado.
La juzgadora reaccionó molesta, pues recordó que el juicio abreviado en el nuevo Sistema de Justicia Adversarial, tiene por objetivo abatir rezagos y acortar tiempo, y que basta que un primo-delincuente (quien delinque por primera ocasión) pida este beneficio para que se pueda llevar a cabo, “si no, pues cuál es el objetivo”, cuestionaba la jueza Berta Vergara Álvarez.
La fiscal de la Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra la Salud, insistió que hasta ayer no tenía instrucciones por parte de sus superiores.
“La facultad de ir o no a un juicio abreviado es única y exclusiva del ministerio público y así lo establece el artículo 21 de la Constitución General de la República”, afirmó la juzgadora.
“Yo cuando tengo que tomar decisiones que la propia ley me confiere, no le hablo a la presidenta (refiriéndose a Nadia Luz Chávez Lara, presidenta del Tribunal Superior de Justicia del Estado), simplemente lo hago y ya”, agregó la juzgadora.
La audiencia de ayer tenía por objeto desahogar el expediente JC/237/2014 en contra de Silvestre García García, por su responsabilidad en el delito contra la salud por posesión simple de marihuana, y en donde la defensa del imputado y la fiscalía habrían acordado establecer un juicio abreviado.
El juicio abreviado tiene como característica que el imputado tiene que aceptar su responsabilidad en el hecho delictivo y a cambio la Fiscalía pide una pena mínima, y éste era el caso de ayer.
La respuesta de la fiscal fue criticada por la juzgadora, debido a que es facultad del Ministerio Público resolver este tipo de incidentes y no de los mandos superiores.
Ante esta situación, la juzgadora suspendió la audiencia hasta la mañana del próximo martes 19 de agosto.
Casos como este ya han sido comentados por jueces penales, que al finalizar las audiencias han externado su molestia porque los fiscales no se atreven a tomar la decisión de ir a los juicios abreviados, si esto no es aceptado por sus superiores, quebrantando con ello lo que establece la ley máxima del país que señala que es una facultad del ministerio público.