Luego de que la todavía esposa del edil, Aquilina García Calderón, denunció posible tráfico de influencias y protección a favor de Juan Carlos Flores Espinosa, acusado de violencia intrafamiliar e incumplimiento de obligaciones alimentarias para con su hija de siete años, la titular del TSJ afirmó que el juzgador emitió su resolución bajo los principios de autonomía e independencia judicial y de criterios jurídicos que pueden ser causa de apelación en segunda instancia y ante los tribunales federales, si alguna de las partes está en desacuerdo.
Consideró que la resolución del juez Villanueva Uribe está apegada a derecho y que su determinación de rechazar la formulación de imputación al presidente municipal se debió a que, derivado de un análisis jurídico realizado por el impartidor de justicia, se desprendió que los alcaldes y demás integrantes de los cabildos aún gozan de fuero constitucional.
“Independientemente de que seguramente esta resolución que emite nuestro juez, a quien le reconocemos su capacidad y su experiencia, es un tema eminentemente jurisdiccional si quisiera hacer énfasis en una situación”.
“Los presidentes municipales que están actualmente en funciones entraron en tal condición el día primero de enero de 2013 y la reforma mediante la cual se retira el fuero a los presidentes municipales es del 23 de enero de eso mismo año. En esas condiciones tenemos que hay un principio constitucional establecido en el artículo 14 de los Estados Unidos Mexicanos que habla de la no retroactividad en perjuicio y estamos hablando en términos generales. Este es el punto central donde el juez funda y motiva su resolución, con independencia de que el tema de la agresión de una persona siempre será reprochable”, explicó.
Dijo que no está a posición de calificar como acertada o no la resolución del juez, sin embargo, remarcó su respaldo a la capacidad y experiencia del juzgador en cuestión, e insistió en que en un juicio, una de las partes en conflicto generalmente está inconforme con las resoluciones de primera instancia pero existen las vías legales para inconformarse.
“Nuestros jueces tienen nuestro voto de confianza siempre y cuando no se aparten de la legalidad”, subrayó.
Por su parte, el fiscal General del Estado, Rodrigo Dorantes Salgado, informó que la resolución del juez ya fue apelada porque a consideración de la representación social el edil imputado no goza de protección constitucional para hacer frente a los cargos que se le imputan.
“Creemos que está el juez en una mala apreciación pero ya será la segunda instancia a través de los magistrados que nos den la razón jurídica”, dijo.