Por si acaso, el ex munícipe contaba con un amparo concedido por el Juzgado Primero de Distrito, que le permitiría (en caso de haber sido vinculado a proceso) evitar ir a prisión a cambio de una fianza de 50 mil pesos que ya no está obligado a pagar.
De acuerdo a los antecedentes de investigación que ayer leyó en la audiencia la Fiscalía Contra Delitos Cometidos por Servidores Públicos, desde diciembre del 2010, cuando era alcalde Manuel Martínez Garrigós, se dejaron de pagar los descuentos que se les efectuó a los trabajadores de la comuna y que tenían que ser entregados al Instituto de Crédito Para los Trabajadores al Servicio del Gobierno del Estado (ICTSGE).
“En total se ha acreditado que la omisión es por 75 millones de pesos más los intereses generados”, indicó la ministerio público adscrita al caso, quien se hizo acompañar para esta audiencia del subprocurador de la Zona Oriente, Juan Manuel Serrano Salmerón.
La audiencia que se celebró en la Sala Uno, inició alrededor de las 10 horas, pero culminó cinco horas después pues se dio lectura al menos a 20 declaraciones de ex empleados y ex regidores.
De hecho, los que declararon en su momento en contra de Sánchez Gatica fueron los ex regidores del Partido Acción Nacional (PAN) que señalaron que al percatarse de que no se pagó las cuotas al ICSTGE, pidieron una auditoría externa, misma que no se llevó a cabo porque el entonces tesorero se negó a pagar dicha revisión.
En su declaración, los panistas coincidieron en señalar a Martínez Garrigós y Sánchez Gatica como los responsables tomando como referencia la Ley Orgánica Municipal.
Después de que la fiscal dio lectura a las pruebas, el juez decretó un receso para elaborar el auto en el que determinaría si el ex edil es o no responsable de las acusaciones planteadas por la Fiscalía General del Estado (FGE).
Tras una hora de receso, el juzgador determinó que el ministerio público no cumplió con los requisitos que establece el artículo 19 de la Constitución General de la República, para vincular a proceso al ex funcionario, ya que no logró acreditar los requisitos indispensables como son “tiempo, lugar y circunstancias”.
“La Fiscalía acusa de hacer mal uso de los recursos, pero no se acreditó qué fin se les dio a los mismos, si fueron para el imputado, para una tercera persona, si fueron transferidos o mal empleados”, agregó el juzgador.
Incluso, el juez citó jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en la que se establece los requisitos para llevar a alguien a juicio.
El juez consideró que las pruebas que aportó la Fiscalía en la audiencia no determinan tampoco el grado de participación de Sánchez Gatica, en caso de que se hubiera cometido un hecho ilícito.
Tras absolver al también catedrático de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos (UAEM), la defensa pidió al juez dejar sin efecto el pago de la fianza de 50 mil que días antes le habían fijado y con ello quedó libre de la acusación por peculado agravado por 75 millones de pesos.