Informó que durante el pasado Consejo Estatal Electoral (CEE), fueron aprobados los criterios para la integración de las planillas de ayuntamientos que deberán observar los partidos políticos para el registro de sus candidatos para los 33 municipios de la entidad, “quienes deberán garantizar la paridad de género en la integración de los 33 ayuntamientos, para la fórmula de presidenta municipal y síndico, o viceversa”.
Lo anterior con base en lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley General de Partidos Políticos, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos y en el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Morelos en su artículo 180.
También se atendieron tratados internacionales, como los referentes a los artículos 23 y 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 25 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos de la Organización de Naciones Unidas; Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer; entre otros más.
De esta manera, el órgano electoral estableció los criterios para que los partidos políticos que registren candidatos para la integración de ayuntamientos garanticen la paridad; es decir, como ejemplo se citó, en donde se tengan fórmulas de candidatos para los 33 municipios, en 17 corresponderán a la mujer y 16 a los hombres, o viceversa, esto solamente para el caso de presidente municipal y síndico.
León Trueba dijo que en los municipios “no debe haber más del 50 por ciento de un género en sus candidatos a los ayuntamientos y que en el caso de regidores, se deben ir alternando hombres y mujeres, eso dice la ley y si no se cumple con la paridad de género, como órgano electoral local, estamos obligados a no recibir el registro, a rechazarlo hasta que lo integren con la paridad que se requiere”, finalizó León Trueba.