Los legisladores proponen que las marchas se lleven a cabo únicamente los miércoles.
La iniciativa presentada ayer por el grupo parlamentario del PRI pretende pasar por encima del derecho constitucional de libre manifestación, pues insisten que éstas tienen que ser reguladas.
La propuesta, que fue presentada al pleno ayer por el diputado priísta Jorge Arizmendi García, señala que las marchas o manifestaciones “sólo podrán efectuarse los días miércoles” de las 10 a las 12 horas; pero serán las autoridades policíacas y los ayuntamientos los que definirán las rutas y autorizarán o no el derecho de libre manifestación.
La iniciativa de ley refiere que cada ayuntamiento tendrá que elaborar su propio Reglamento de Tránsito y Vialidad, y en los mismos se especificará en qué calles se pueden realizar manifestaciones.
El ejercicio de dicho derecho constitucional estará sujeto al aviso oportuno sobre la realización de una manifestación -48 horas de anticipación- y la autorización del gobierno del estado y los ayuntamientos, a través de la Secretaría de Seguridad Pública de ambos niveles de gobierno, salvo en casos extraordinarios la petición podrá presentarse 24 horas antes.
El dictamen, que fue leído ante el pleno, refiere: “La autoridad municipal, una vez que se cerciore que primero se dio parte a la Secretaría de Seguridad Pública del Estado, procederá en el mismo acto de la entrega del aviso a otorgar el acuse de recibo, la aceptación del sitio o itinerario y hora en que se efectuará la manifestación o reunión en la vía pública”, dice la iniciativa priísta.
También refiere que si no hay una contestación 12 horas antes de la manifestación, entonces los inconformes podrán realizar la misma sin necesidad de un permiso, además señala que para que un gobierno municipal o el estatal se niegue a dar la licencia tendrán que fundarlo o motivarlo.
El PRI considera que las manifestaciones públicas podrán ser disueltas cuando las personas que concurran a ellas porten armas de fuego, elementos contundentes o tengan comportamientos violentos que alteren el orden social, pongan en riesgo la integridad física de las personas o causen daños materiales a terceros.
Las policías estarán obligadas a detener en flagrancia a quienes en el ejercicio del derecho de manifestación cometan delitos o violenten el Bando de Policía y Buen Gobierno; los daños que los manifestantes causen a terceros tendrán que ser cubiertos por los manifestantes o los responsables de la organización y convocatoria de la manifestación.
Serán sancionados de 20 a 30 días de cárcel y de 35 a 50 días de salario mínimo vigente a quienes irrumpan, perturben o de alguna forma impidan o obstaculicen el ejercicio de las garantías de reunión, asociación y libre manifestación; con 36 horas de arresto y de 100 a 200 días de salario mínimo a quienes participen en las manifestaciones, ya sea organizándolas o haciendo uso de la palabra, cuando no hayan dado aviso a la autoridad y obtenido la autorización correspondiente; y serán puestos a disposición de la autoridad judicial quienes cometan delitos.