Al resolver el juicio de revisión constitucional SDF-JRC-38/2015, la Sala Regional del Distrito Federal del Trife declaró inoperantes los agravios esgrimidos por el Partido de la Revolución Democrática contra la sentencia del Tribunal Estatal Electoral (TEE), que consideró que aun cuando el PVEM manifestó su intención de abandonar la coalición, finalmente no se concretó y el convenio firmado entre los tres institutos políticos permaneció en su estado original.
Sin embargo, explicó en su sentencia el Tribunal Federal: “del contenido del escrito de demanda se advierte que el partido (PRD) sólo hace afirmaciones genéricas y dogmáticas, respecto a que la resolución controvertida no está debidamente fundada y motivada, y que la autoridad responsable no fue exhaustiva, sin expresar motivo alguno por el cual considera que existe falta de fundamentación y motivación”.
También el órgano jurisdiccional, al confirmar el fallo del tribunal de Morelos, consideró también que el partido actor en ningún momento impugnó el convenio de la coalición flexible PRI-PVEM-Panal.
Por tal razón, la sala regional consideró inoperantes e infundados los agravios del PRD y por unanimidad de votos confirmó el fallo del Tribunal Estatal Electoral sobre la legalidad de la alianza flexible.