Bajo este contexto, el Consejo Estatal Electoral del Impepac dio a conocer mediante boletín informativo, que los candidatos a cargos de elección popular que presenten sus renuncias deberán ratificarlo ante el órgano local electoral, lo cual “no constituye injerencia en los asuntos internos de los institutos políticos”, además de que es necesario que se restituyan a aquellos que están renunciando, precisó León Trueba.
Lo anterior, fue aprobado este viernes en sesión extraordinaria del Consejo Estatal, durante la cual también se aceptó habilitar al secretario ejecutivo del órgano electoral, Erick Santiago Romero Benítez, para que realice las actuaciones conducentes respecto de las renuncias de candidatos y candidatas, de manera directa o a través de los partidos políticos.
El acuerdo IMPEPAC/CEE/073/2015 del CEE fue aprobado por unanimidad de las y los consejeros electorales y ante la presencia de los representantes de los diferentes partidos políticos.
Durante la sesión se refirió que los partidos políticos podrán sustituir a sus candidatos fuera de los plazos establecidos por el segundo párrafo del artículo 177 del Código Electoral de la entidad; siempre que medie alguna de las siguientes causas: muerte, inhabilitación, incapacidad o renuncia.
En este marco, se han presentado hasta el momento cerca de 100 renuncias ante el CEE y los Consejos Distritales y Municipales de este organismo, por lo que los partidos políticos han procedido a solicitar la sustitución por renuncia de los candidatos.
Ante ello, los consejeros determinaron emitir el acuerdo antes referido con el propósito de verificar que en las renuncias presentadas, los ciudadanos hayan manifestado su voluntad de renunciar al cargo para el que fueron postulados. Lo anterior, en cumplimiento a lo establecido por el tercer párrafo del artículo 1° de nuestra Carta Magna, el cual otorga la obligación a esta autoridad administrativa electoral de respetar, proteger y garantizar los derechos humanos.