Es decir, con esta reforma se elimina de la ley estatal antes citada, la restricción para que los menores con algún padecimiento psicomotor, dependientes de otra persona, puedan recibir atención en los guarderías que están reguladas con la misma legislación.
El espíritu de la reforma busca que todas las personas desde su nacimiento sean tratadas de forma igual sin importar su condición, además de que les sea respetado su derecho constitucional a la educación.
El decreto señala reformas a la fracción V del artículo 40 y el artículo 51, asimismo, se deroga el artículo 52, de la Ley de Guarderías y Establecimientos Infantiles del Estado de Morelos.
Lo anterior, para quedar como sigue en lo que respecta al artículo 51: "Los Centros de Atención estarán obligados a recibir en igualdad de condiciones a los menores con discapacidad. Su ingreso quedará sujeto a la disponibilidad de lugares con que cuentan, y a la presentación de la constancia de evaluación por médico especialista de acuerdo con el tipo y grado de discapacidad".
Anteriormente la ley en mención señalaba que el acceso a guarderías era un derecho exclusivo a menores con discapacidad no dependiente, lo cual, según la iniciadora de la reforma, la diputada Érika Hernández Gordillo, era una clara discriminación de los menores con alguna discapacidad dependiente.
La reforma fue enviada al Poder Ejecutivo para su publicación en el periódico oficial "Tierra y Libertad", para su entrada en vigor.