Cuernavaca, Morelos.- El Congreso del estado revisa la creación de la Ley de Responsabilidades Administrativas, que plantea sancionar no sólo a los servidores públicos sino también a los particulares que cometan hechos de corrupción.
La iniciativa de ley, que fue presentada ante el Pleno del Congreso local durante la sesión ordinaria del viernes pasado, busca sustituir a la actual Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, a fin de incluir normas legales que generen atribuciones al Sistema Estatal Anticorrupción para investigar el mal uso de los recursos públicos, desde adentro y fuera de las instituciones.
Según el diputado Enrique Laffitte Bretón, quien presentó la propuesta, lo que se busca es armonizar la legislación local con la norma federal que se creo para instituir el Sistema Nacional Anticorrupción, para lo cual se plantea la creación de la Ley de Responsabilidades Administrativas, que terminaría por fortalecer a dicho sistema a nivel estatal.
En este sentido, con dicha ley se darían facultades a la Entidad Superior de Auditoría y Fiscalización, además de a la Fiscalía Especializada en Hechos de Corrupción, a investigar a los funcionarios y a los particulares que se vean involucrados en un mal uso de los recursos públicos, que se beneficien de contrataciones fuera de ley, o que incurran en otras irregularidades.
En lo que respecta a los particulares, la nueva legislación que se propone señala diversas faltas administrativas graves a sancionar, como el soborno, la participación ilícita en procedimientos administrativos, el tráfico de influencias, utilización de información falsa, colusión, uso indebido de recursos públicos y contratación indebida de ex servidores públicos.
Incluso, se establecen faltas de particulares en situación especial, como "aquéllas realizadas por candidatos a cargos de elección popular, miembros de equipos de campaña electoral o de transición entre administraciones del sector público, y líderes de sindicatos del sector público, que impliquen exigir, solicitar, aceptar, recibir o pretender recibir alguno de los beneficios (...) ya sea para sí, para su campaña electoral o para alguna de las personas a las que se refiere el citado artículo, a cambio de otorgar u ofrecer una ventaja indebida en el futuro en caso de obtener el carácter de Servidor Público".
La ley propuesta establece sanciones graves para los particulares, equiparables a las que se impondrían al funcionario público, como la sanción económica, según se trate de persona moral o física; inhabilitación temporal para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas, según corresponda, por un periodo que no será menor de tres meses ni mayor de ocho años; indemnización por los daños y perjuicios ocasionados a la hacienda pública estatal o municipal, o al patrimonio de los entes públicos.
Para el caso de los servidores públicos, se establecen faltas administrativas graves como: cohecho, peculado, desvío de recursos públicos, utilización indebida de información pública, abuso de funciones, contratación indebida, enriquecimiento oculto u ocultamiento de conflicto de interés, tráfico de influencias, encubrimiento y desacato.
Y las sanciones que se impondrían son: suspensión del empleo, cargo o comisión; destitución del empleo, cargo o comisión; sanción económica; y la inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público y para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas.
La iniciativa de ley será integrada al paquete de propuestas que en la materia se han presentado ya a la Mesa para la Reforma del Estado.