Ayer en el periódico oficial “Tierra y Libertad”, se dio a conocer este nuevo decreto en el que el Ayuntamiento informa que para la expedición de licencias de funcionamiento para las tortillerías se tendrá que cumplir una serie de requisitos que tienen que ver con las condiciones en las que operan estos negocios, que se cumpla las normas que tienen que ver con la protección de los clientes y medidas de higiene para los trabajadores.
El reglamento refiere que, a partir de la publicación de éste en el periódico oficial, los expendedores sólo podrán vender tortillas en empaques que cumplan con la Norma Oficial 187-SSA1-2202, pues de lo contrario procedería una multa o la clausura.
También señala que para que el propietario de una tortillería traspase su negocio, primero deberá informar al Ayuntamiento el cual revisará las condiciones en que este negocio trabaja, pero ello no implica que al nuevo propietario se le niegue el refrendo del documento.
Además los propietarios de las tortillerías y nixtamales están obligados a fumigar por lo menos cada tres meses, pero tendrán que exigir a quien les otorgue este servicio un documento con su razón social en el que se establezca el día en que se realizó el trabajo y, por otro lado, las máquinas tienen que estar lejos de los clientes, esto para evitar cualquier accidente, pues de no hacerlo así, entonces, el gobierno municipal tendrá que retirar la licencia.
El reglamento refiere que con la expedición de éste el gobierno municipal no permitirá más la venta de tortillas por parte de los ambulantes, pues se desconoce si el producto cumple o no con las normas, y se dará licencia pero a aquellos que expiden tortillas hechas a mano.
Finalmente, el nuevo reglamento refiere que será a partir de hoy, 30 de septiembre, cuando el mismo entre en vigor.