Aun cuando la convocatoria relativa a la evaluación del desempeño de los tres jueces especializados en justicia para adolescentes contemplaba incluir las observaciones o quejas ciudadanas, no se presentó ninguna impugnación en contra del desempeño de los juzgadores.
El comité de evaluación que calificará la labor de los jueces lo hará bajo los siguientes indicadores: a) El ejercicio de la autonomía de criterio para emitir sus resoluciones sin obedecer a presiones o consignas de ninguna clase, b) El número y naturaleza de sus resoluciones emitidas, la eficiencia en calidad y cantidad medible según los recursos ordinarios interpuestos y los amparos concedidos, sobreseídos y negados, c) La diligencia en su trabajo, tomando en cuenta el acatamiento de los términos legales para dictar sus resoluciones y acuerdos, la atención personal y oportuna al público y a las partes o representantes legales de las mismas, la cortesía y buen trato a su personal subordinado y demás personal de la institución, asistencia y puntualidad a sus labores y eventos organizados por el tribunal, d) Los valores éticos del juzgador, que comprenden el gozar de buena reputación, la honorabilidad profesional, excelencia, profesionalismo, eficacia y probidad en la administración de justicia, e) La aportación intelectual al mejoramiento del Poder Judicial, y f) La evaluación de su situación patrimonial conforme a sus declaraciones patrimoniales y modificaciones.
Según el acuerdo emitido por el TUJA el 6 de octubre pasado, por el cual se anunció y difundió lo lineamientos de evaluación de los jueces especializados, antes del 30 de noviembre se darán a conocer los resultados que definirán si cada uno de los tres juzgadores amerita o no ser ratificado en el cargo por un segundo y último periodo de tres años.