A través de estrados digitales, implementados para la elección, se le informa a la planilla impugnada que tiene hasta las 21:00 horas del día lunes 8 de febrero para manifestar lo que a su derecho convenga y el Colegio Electoral tendrá hasta dos días hábiles para resolver dichas impugnaciones, después de analizar las pruebas de la planilla que señala el incumplimiento a la convocatoria.
En los estrados digitales se informa que Selene Avelar Mendoza, estudiante de la Escuela de Estudios Superiores de Atlatlahucan, representante de la Planilla 1, que encabeza Patzzy Jiménez Michaca, alumna de la Facultad de Estudios Superiores de Cuautla, presenta impugnación de registro a la planilla 2 por no cumplir con los requisitos de elegibilidad.
En el documento de impugnación de fecha 5 de febrero se señala que: “con base en información pública y de reciente difusión por redes sociales la C. Daniela Sofía López Rivera (aspirante a vicepresidenta), actualmente se desempeña como militante activa del partido político Partido Social Demócrata de Morelos (PSD) siendo integrante del Comité Directivo Municipal de Cuautla”.
Se argumenta que uno de los requisitos de elegibilidad es que los candidatos al momento de su inscripción o durante su cargo no sean dirigentes de partido político y se agrega: “Que el día 27 de noviembre de 2020, la C. Daniela Sofía López Rivera figuró como miembro de una planilla aspirante a la candidatura municipal de Cuautla, ostentando el cargo de Síndica Municipal, con el aspirante Carlos Benítez Sánchez”.
En el documento se solicita que sea el Colegio Electoral el que investigue en el Instituto Nacional Electoral o en el Instituto Morelense de Procedimientos Electorales y Participación Ciudadana si la candidata impugnada pertenece a algún partido político como precandidato o candidato para los comicios de este año en el estado de Morelos.
En las peticiones se solicita a los señalados que rindan informes y den contestación a la impugnación. Al cierre de esta edición no se registraba alguna otra impugnación al registro de las planillas contendientes por la dirigencia de la FEUM.