La problemática es común en varios estados del país
La Comisión Nacional de Derechos Humanos señaló a Morelos como una de las entidades cuyos centros penitenciarios carecen de programas de ocupación laboral y capacitación para las personas privadas de su libertad y las que han cumplido sus condenas.
Recientemente, el organismo nacional emitió la Recomendación General 44/2021, dirigida a los gobernadores y a la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México; a los titulares de las secretarías de Gobernación, Seguridad y Protección Ciudadana, del Trabajo y Previsión Social, así como del Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social (OADPRS) y sus homólogas en los estados del país, a fin de garantizar el derecho al trabajo digno de las personas privadas de la libertad en los diferentes centros penitenciarios.
Estableció que la intención de la recomendación fue proporcionar información útil que permita a dichas autoridades superar las limitaciones, barreras u obstáculos impuestos a las personas privadas de la libertad en los centros de reclusión y contribuir a la implementación de una estrategia que garantice el derecho al trabajo, haciendo realidad con ello la reinserción social.
Recalcó que aun cuando la Ley Nacional de Ejecución Penal (LNEP) señala que las personas privadas de la libertad podrán acceder a actividades productivas, así como a derechos laborales, tales como seguros, prestaciones y servicios de seguridad social, cuyo ejercicio sea compatible con su situación jurídica, y que aquellas se realicen sin discriminación alguna y bajo condiciones de cuidado a la salud, datos recabados por la CNDH en el Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria (DNSP) de 2018 establecen que en 15 centros federales concurría la carencia de actividades laborales y en el 84% de 165 centros estatales había limitantes para acceder al trabajo por parte de las personas en reclusión.
En el caso de Morelos, la comisión nacional destacó que es uno de los 23 estados de la República Mexicana que presentaron deficiencias en cuanto a ésta obligación por parte de las autoridades penitenciarias estatales y corresponsables en la materia, y obtuvo calificaciones reprobatorias en este rubro, en el diagnóstico penitenciario reciente realizado por el organismo.
También señaló que Morelos es uno de os 16 estados donde se identificó que los centros penitenciaros tuvieron deficiencias en cuanto a garantizar programas de actividades para la capacitación laboral a las personas privadas de la libertad, reflejándose en la obtención de calificaciones reprobatorias.
Ante ello, la CNDH solicitó implementar un reglamentario específico que haga efectivo el ejercicio del derecho al trabajo para las personas procesadas y sentenciadas; implementar programas específicos de capacitación y acceso al trabajo para todas las mujeres privadas de la libertad, con los beneficios en materia de seguridad social y prestaciones establecidos en la ley; construir y/o adecuar estancias infantiles en las que se alberguen mujeres que vivan con sus hijos menores de edad, mismas deberán estar plenamente equipadas; así como promover actividades de capacitación y empleo para las personas indígenas en su lengua, salvaguardando sus derechos laborales.