De acuerdo con el decreto 1403, publicado el 18 de noviembre en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” y que entró en vigor el sábado pasado, el Poder Legislativo autorizó al Ayuntamiento de Temixco constituir el fideicomiso público y desincorporar del patrimonio municipal el predio de 31 mil 500 metros cuadrados, para efecto de ser enajenado exclusivamente a los comerciantes que aparecen en el padrón de tianguistas de Temixco que lleva el propio municipio, debiendo acreditar los comerciantes tal circunstancia con la licencia de funcionamiento expedida por la autoridad temixquense.
En la constitución del fideicomiso se determinó que el Ayuntamiento de Temixco podrá utilizar el contrato de fideicomiso previamente constituido mediante la escritura pública número 235,412, de fecha 15 de marzo de 2011, en el que figuran por una parte como fideicomitente y fideicomisario “A” el municipio de Temixco, Morelos, y por la otra parte como fideicomitente y fideicomisario “B” la empresa denominada Tecnología e Innovación Urbana, sociedad anónima de capital variable, y de una última parte como fiduciario, BBVA Bancomer, sociedad anónima, institución de banca múltiple, grupo financiero BBVA Bancomer,
El fideicomiso previamente constituido continuará en funciones de manera temporal hasta la construcción de la primera etapa del tianguis, dejando preparada la construcción de la segunda etapa (estructura y fachadas), la firma de los contratos preparatorios y la verificación de documentación y en su momento la asignación de espacios a los comerciantes adquirentes.
Concluida la intervención del fideicomiso, se liquidará a la empresa fideicomitente y fideicomisaria “B”, en los términos en que el Ayuntamiento convenga con la empresa.
Las obligaciones contraídas por el fideicomiso privado subsistirán en sus términos una vez que varíe su naturaleza de privado a público, excepto en los casos que sean contrarias a la normatividad que rige los fideicomisos públicos.
El fideicomiso público autorizado tendrá como objetivos: a) La constitución del régimen de propiedad en condominio, respecto de los espacios que resulten de la subdivisión del inmueble propiedad municipal en donde se ubica el llamado “Tianguis de Temixco”, aportado por el Ayuntamiento al constituirse el fideicomiso; b) La indicación a la fiduciaria para que otorgue los documentos traslativos de propiedad a los comerciantes que hayan liquidado el precio de su local, en los términos que al efecto se señalen en los contratos traslativos de propiedad correspondientes; c) La recaudación de las mensualidades pactadas con los comerciantes adquirentes, de acuerdo a sus respectivos contratos; d) El entero de lo recaudado al Ayuntamiento, quién sólo podrá destinarlo a los fines que se mencionan en esta resolución; e) La liquidación de la persona moral que figura como fideicomitente y fideicomisario “B” en el contrato de fideicomiso privado cuyo cambio de naturaleza se autorizaría, en los términos del convenio de liquidación respectivo.
El patrimonio del fideicomiso público tendrá una duración de diez años, contados a partir de la fecha en que se efectúe la modificación correspondiente al contrato respectivo, salvo que por el cumplimiento de sus objetivos su funcionamiento resulte innecesario, en cuyo caso se procederá a su liquidación y extinción en los términos que regula la normatividad aplicable. De ser necesario, el Ayuntamiento de Temixco podrá solicitar al Congreso del Estado la ampliación del término señalado.
Asimismo, se instruyó la creación de un Comité Técnico del Fideicomiso que se integrará por el presidente municipal, quien lo presidirá; por el contralor municipal, quien fungirá como secretario técnico; por el tesorero municipal y por el director general de Fomento Económico del Ayuntamiento, quienes fungirán como vocales; todos ellos con voz y voto. Adicionalmente formarán parte del Comité Técnico del Fideicomiso con derecho de voz pero sin voto, tres representantes de los comerciantes del tianguis de Temixco y un diputado por cada una de las fuerzas políticas representadas en el Congreso del Estado de Morelos.