Esta nueva ley pretende impulsar el desarrollo económico mediante el estímulo al espíritu emprendedor e iniciativa productiva de la juventud, propiciando su incorporación al mercado y economía regional como actores fundamentales que garanticen el desarrollo presente y futuro de la entidad.
Para que los jóvenes puedan incubar sus propios negocios, se creará el Fondo de Promoción e Impulso al Joven Emprendedor; además se asignará un porcentaje de los recursos etiquetados a Programas de Fomento al Emprendedor dentro del Fideicomiso Ejecutivo del Fondo de Competitividad y Promoción del Empleo, al Fondo de Promoción e Impulso al Joven Emprendedor.
También se creará un programa de microcréditos para jóvenes emprendedores, de acuerdo a la disponibilidad presupuestal del Fideicomiso Ejecutivo del Fondo de Competitividad y Promoción al Empleo, y otorgará incentivos para la instalación de empresas nuevas creadas por jóvenes.
De acuerdo con los artículos de la Ley de Jóvenes Emprendedores, el Poder Ejecutivo del Estado, en ejercicio de la facultad contenida en el artículo 9 del Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de Morelos, para el ejercicio fiscal del año 2012 podrá realizar las transferencias necesarias para el cumplimiento de los objetivos de la presente ley, en un plazo de 60 días, contados a partir de la entrada en vigor de este ordenamiento.
También deberá contemplar en el presupuesto correspondiente al ejercicio fiscal 2013 una partida especial para dar cumplimiento a los objetivos de esta ley; y deberá publicar el reglamento de este ordenamiento, en el que establezca las directrices para la aplicación del Fondo de Promoción e Impulso al Joven Emprendedor en los próximos 30 días.