Luego de que en marzo de 2013 entró en vigor la reforma por la cual los diputados endurecieron las penas contra adolescentes en conflicto con la ley, hace unos días dos menores, uno de 16 y otro de 17 años, fueron sentenciados a nueve años de internamiento por el juez de control y juicio oral especializado en adolescentes, José Luis Jaimes Olmos.
De acuerdo con las penas establecidas en la Ley de Justicia para Adolescentes, los adolescentes de 16 y menos de 18 años de edad pueden ser sancionados con penas que van de uno a siete años de internamiento, según sea la gravedad de la conducta antisocial.
Sin embargo, cuando los menores estén involucrados en delitos de alto impacto como el secuestro, homicidio doloso y violación, la ley permite imponer una pena máxima de hasta nueve años de internamiento.
“El parámetro o el criterio que nosotros tenemos no es castigar al adolescente, como consecuencia de la comisión de esta conducta, sino que es el tiempo estrictamente necesario que nos marca la norma, para que cuando el adolescente se encuentre interno en el Centro de Ejecución de Medidas para adolescente, se puedan aplicar los programas individualizados que garanticen que el adolescente sea reeducado”.
“No olvidemos que los adolescentes en conflicto con la ley penal son unas personas que están en proceso de desarrollo emocional e intelectual, es decir en un proceso de madurez y que por ciertas circunstancias, sumadas a su característica de rebeldía, pese su naturaleza de adolescentes, los lleva precisamente a entrar a cometer posiblemente una conducta ilícita”, explicó.
Las sentencias pueden ser apeladas a través de recursos de casación, no obstante el Tribunal de Justicia para Adolescentes tiene en espera la resolución de varios procesos de menores relacionados con homicidios, entre ellos el del menor identificado como Arturo, vinculado al caso del asesinato del profesor universitario Alejandro Chao Barona y de su esposa Sara Rebolledo.