Las llamadas telefónicas a deshoras, el demandar el pago de la deuda a menores de edad o adultos mayores, el uso de conductas agresivas y de palabras altisonantes, e incluso el amenazar con cárcel a los deudores, son prácticas de muchos despachos de cobranza, con lo que actúan al margen de los códigos de conducta más elementales.
Un ejemplo del nivel al que ha llegado esta situación se encuentra en un cuadernillo realizado por una organización especializada en educación financiera, sobre el impacto que tiene en los hogares el gestor de cobranza.
Al elaborar el documento, se trabajó con un grupo de niños que propuso el nombre de cada personaje. Resultó que al “malo” del cuento le dieron un nombre que refiere a la marca comercial de un reconocido grupo financiero y que se relaciona con la venta de productos electrodomésticos a plazos.
“Las instituciones financieras, directamente o a por la vía de sus despachos de cobranza, están en su derecho de recuperar el dinero prestado, pero hay formas adecuadas de hacerlo sin agredir o invadir la privacidad y los derechos de las personas”, afirma la Condusef mediante un comunicado oficial.
En el mismo, señala que entre enero de 2007 y mayo de 2014, se registraron 188 mil 942 quejas en Condusef, en materia de gestión de cobranza indebida, de las cuales un 65.1 por ciento, es decir, 122 mil 990, corresponden a actos de molestia a clientes que no son los deudores del crédito atrasado; otro 18.5 por ciento, que son 35 mil 093, se refiere a la gestión de los agentes con maltrato y ofensas para los deudores; en tanto que el 14.1 por ciento restante, unos 26 mil 447 se originan porque, a pesar de que las personas ya han pagado el crédito en cuestión, los despachos les siguen llamando de forma reiterada.
En respuesta a esto, la Condusef enfatizó en que un tema que aborda de manera frontal la reforma financiera, “se refiere precisamente a la regulación que se aplicará relativa a los despachos de cobranza, a través de las instituciones financieras que los contraten para recuperar adeudos”.
Y por otro lado, aseguró que las instituciones financieras deberán supervisar el comportamiento de sus despachos de cobranza, en relación al cumplimiento de todas estas reglas y, en caso de la gravedad o repetición de los incumplimientos, las instituciones los podrán sancionar o incluso cancelar el convenio de prestación de servicios.