Los hechos se registraron en el poblado de Acatlipa del municipio de Temixco, cuando un policía iba a meter a una celda a Pablo -quien fue sorprendido escandalizando en estado de ebriedad- pero al quitarle las esposas, golpeó al representante de la ley y le provocó una lesión en el ojo izquierdo que tarda en sanar menos de 15 días.
La fiscal del caso Erika Granados alegó ayer que el detenido no podía estar en libertad, porque al revisar en los archivos se encontró que este hombre de 35 años ha ingresado al menos en seis ocasiones al penal de Atlacholoaya e incluso ha proporcionado otros nombres con el propósito de intentar evadir a la justicia, pero no lo ha logrado.
La defensora pública argumentó que decretar la prisión preventiva en este caso viola el “principio de proporcionalidad” que distingue al nuevo sistema de justicia adversarial, ya que en ese momento el objetivo de la audiencia era analizar si hay o no elementos para vincularlo a juicio por los delitos de resistencia a particulares y lesiones.
Según la carpeta de investigación que se inició en contra de este hombre con número SC/112/2015, un elemento de tránsito sorprendió al taxista conduciendo en estado de ebriedad, así que lo condujo a la Dirección de Atención Ciudadana de Temixco, con el propósito de que lo certificara el médico, quien concluyó en su revisión que el chofer conducía su automóvil en estado etílico en tercer grado.
Al ser conducido a la celda en la que el hombre tendría que estar por lo menos 12 horas y pagar una multa, éste golpeó al agente de tránsito, cuando le quitaba las esposas.
Sin embargo la defensa alegó que no sólo el agente presentaba lesiones sino que también su defendido, pues el médico legista que la certificó señaló que éste último tenía heridas recientes que tardan menos de 15 días de sanar en la pierna izquierda y el cuello.
Dijo que quería hacer notar lo anterior porque si su representado en ese momento era vinculado a proceso, entonces demostraría que Pablo “N” sólo reaccionó al ataque del uniformado.
El imputado pidió primero que le otorgarán 72 horas para definir su situación legal, pero el juez mandó llamar a la abogada y a la fiscal para hablar con ellos en privado y se determinó que en ese momento se determinaría si el hombre tendría o no que enfrentar un juicio penal.
El juez resolvió no dar la razón a la ministerio público en cuanto a la prisión preventiva, pues indicó que sí bien era cierto que hay indicios que hacen presumir que el detenido cometió el delito de resistencia a particulares, también es cierto que la medida cautelar debe ser proporcional a la pena y en este caso el ilícito no tiene una pena superior a los dos años de prisión.
Indicó que tendrá que acudir cada 15 días a la Unidad de Medidas Cautelares para firmar, pero además le advirtió que de no hacerlo, se girara una orden de aprehensión en su contra y perderá el derecho de enfrentar el juicio en libertad.