“Hay que recordar que quienes podían participar en este nuevo régimen sólo eran los Repecos o los del Régimen Intermedio, que no rebasaran los dos millones de pesos al año, porque se establecieron algunas limitantes respecto de actividades específicas que no eran compatibles con el RIF, que tuvieran ingreso por arrendamiento o dividendo y franquicias”, especificó el funcionario.
Esto se logró gracias a que la Prodecon emitió algunas observaciones y comentarios a través de procedimientos donde hubo queja, y en supuestos donde se aplicaron medios de defensa, además de que hubo voluntad por parte de la autoridad que finalmente estableció reglas de carácter general a través de la miscelánea fiscal, que “facilitó el acceso de personas que tuvieran algún otro ingreso a la actividad empresarial, para integrarse al RIF”, abundó Carmona Guerrero.
Incluso también la regla se flexibilizó de tal manera que quienes formaban parte del régimen general, si posteriormente sus ingresos bajaron a menos de dos millones de pesos, podrán incorporarse al RIF o las personas que suspendieron sus actividades pero estaban en el régimen general de actividades empresariales, podrían incorporarse a este nuevo régimen.
El delegado de Prodecon consideró que todo ello ha servido para que haya más contribuyentes interesados en inscribirse al RIF: “…y en ese sentido, creemos que es un régimen que va siendo exitoso, en el cual se van incorporando un buen número de personas”.