A propuesta de la Comisión de Desarrollo Metropolitano y Zonas Conurbadas de la saliente legislatura, los diputados realizaron un análisis de la ley para efecto de ejecutar modificaciones con el propósito de evitar exclusión a la mujer y de incluir un lenguaje no sexista con la utilización de términos neutros, no discriminatorios, ni excluyentes.
“La comunicación con perspectiva de género implica incluir en el lenguaje hablado, escrito y en las imágenes comunicacionales, un trato igualitario y respetuoso de la dignidad de las mujeres y hombres, utilizando todos los recursos y herramientas disponibles para ello, haciéndose necesaria la redacción adecuada de la Ley”, dice el decreto de modificación a la ley de obra en vigor desde el 30 de julio.
Las modificaciones consistieron en sustituir las palabras “El titular” por la expresión “la persona titular”, cuya frase genérica permite aludir tanto a hombres como a mujeres que ocupan responsabilidades en las diferentes dependencias del ámbito local y municipal tanto en niveles de decisión como de operatividad.
Por ejemplo, en el artículo 2 de Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados se estableció: “Las personas titulares de las dependencias, de los órganos de gobierno, de las entidades y las autoridades municipales emitirán, bajo su responsabilidad, las políticas, bases y lineamientos para el cumplimiento y observancia de la presente ley”.
En el mismo sentido, se hicieron reformas al artículo 10, el párrafo inicial del artículo 20, el penúltimo párrafo del artículo 38, los párrafos penúltimo y último del artículo 40; la fracción V del artículo 51, los párrafos segundo y tercero del artículo 60 y el penúltimo párrafo del artículo 68 de ley estatal de obra.
Cabe destacar que actualmente, la persona titular de la Secretaría de Obras del gobierno de Morelos es una mujer. Es justamente Patricia Izquierdo Medina, quien desde el inicio de la presente administración estatal está al frente de la dependencia.