En un comunicado oficial, el IMIPE dio a conocer los acuerdos de la sesión 34 y 35 de este año, del pleno del consejo, realizada el 30 de agosto pasado.
“…La Dirección General Jurídica (DGJ) (del IMIPE) presentó ante el Pleno de los consejeros, acuerdos por Cumplimiento, resoluciones interlocutorias como la No Admisión, Requerimiento con Apercibimiento y Efectivo Apercibimiento. Por un lado, la Ponencia I interpuso tres cumplimientos, dos del ayuntamiento de Cuernavaca -(RI/376/2012-I) y (RI/379/2012-I)-, y uno del ayuntamiento de Zacatepec (RI/997/2010-I); una resolución interlocutoria de no admisión (RI/427/2012-I); así como 11 efectivos apercibimientos en contra del ayuntamiento de Zacatepec (RI/967/2010-I), (RI/970/2010-I), (RI/985/2010-I), (RI/988/2010-I), (RI/991/2010-I), (RI/1003/2010-I), (RI/1009/2010-I), (RI/1018/2010-I), (RI/1063/2010-I), (RI/148/2012-I) y (RI/151/2012-I), de estos recursos, los primeros nueve fueron efectivos por una sanción de multa que equivale a 200 días de salario mínimo vigente en el estado de Morelos al Presidente Municipal del ayuntamiento en cuestión, y los dos últimos por una multa de 100 días cada uno al servidor público antes mencionado. Por lo anterior, la Ponencia I, envió nuevos requerimientos para lograr el cumplimiento a la resolución definitiva que ordenó el acceso a la información, de lo contrario, el Presidente Municipal del ayuntamiento de Zacatepec, se verá obligado a pagar una multa equivalente a 500 días de salario mínimo –en los primeros nueve recursos de inconformidad (RI)–, o con una multa de 200 días de salario mínimo por los dos últimos recursos presentados en este documento”, precisa el comunicado.
De igual modo, prosigue, la Ponencia I resolvió hacer nuevos requerimientos al Tesorero, así como al director de Licencias y Registros de Zacatepec, con apercibimientos que van desde la suspensión hasta la inhabilitación de sus funciones como servidores públicos.
Añade: “La Ponencia II por su parte, presentó dos cumplimientos del ayuntamiento de Zacatepec –(RI/460/2011-II) y (RI/709/2011-II)–, y siete Efectivos Apercibimientos en contra de dicho ayuntamiento (RI/965/2010-II), (RI/968/2010-II), (RI/974/2010-II), (RI/980/2010-II), (RI/998/2010-II), (RI/1010/2010-II) y (RI/127/2011-II); por un lado se hizo efectivo el apercibimiento en contra del Presidente Municipal de Zacatepec para que cumpla con el pago de una multa de 200 días de salario mínimo vigentes en Morelos en cada uno de los recursos aquí expuestos, y se le requirió la entrega de la información solicitada, ya que de lo contrario, se le aplicará una sanción que consista en una multa equivalente a 500 días de salario mínimo vigente, así como la suspensión de labores sin goce de sueldo por 15 días naturales, tanto al Tesorero como a los directores de Seguridad y Obras Públicas, respectivamente”.
Es de notar, puntualiza el comunicado, que en cinco de los siete recursos mencionados, el Tesorero del ayuntamiento ha sido notificado que para el caso de incumplir con el acceso a la información, se le inhabilitará para desempeñar cargos públicos por un año.
La Ponencia III, continúa, expuso en la mesa de trabajo del Pleno dos acuerdos por Cumplimiento, uno del ayuntamiento de Miacatlán (RI/390/2012-III) y otro de Zacatepec (RI/1008/2010-III); una resolución interlocutoria como No Presentado en contra del Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública (RI/411/2012-III); un Requerimiento con Apercibimiento al ayuntamiento de Zacatepec (RI/981/2010-III); y cinco Efectivos Apercibimientos al mismo ayuntamiento (RI/969/2010-III), (RI/978/2010-III), (RI/996/2010-III), (RI/999/2010-III) y (RI/1002/2010-III). “En el mismo tenor que las otras ponencias, el efectivo apercibimiento fue en contra del Presidente Municipal de dicho ayuntamiento, con una multa de 200 días de salario mínimo vigente en el estado de Morelos en cada uno de los recursos antes señalados, por lo cual se hace un nuevo requerimiento para que cumpla con la resolución definitiva que ordenó el acceso a la información y evite ser sancionado con una multa de 500 días de salario mínimo vigente en el estado, así como la inhabilitación por un año para desempeñar cargos públicos al Tesorero del ayuntamiento de Zacatepec (Luis Antonio Enríquez Romero).”
El comunicado menciona también que en sesión del 4 de septiembre, los consejeros dieron resolución a 11 recursos de inconformidad, de los cuales, tres fueron efectivos apercibimientos al presidente municipal de Zacatepec con una multa de 100 días de salario mínimo vigente en el estado de Morelos cada uno. Todos ellos versan por el incumplimiento en tiempo y forma de acceso a la información solicitada por los recurrentes.
“Por ejemplo, el caso del recurso de inconformidad número RI/579/2011-I, en el que se hace efectivo a José Carmen Cabrera en su calidad de presidente municipal y presidente de la Junta de Gobierno del Sistema de Conservación, Agua Potable y Saneamiento del ayuntamiento en cuestión, el apercibimiento efectivo es de una multa por 100 días de salario mínimo vigente en Morelos, decretado por el Pleno del Consejo del IMIPE mediante resolución interlocutoria dictada en sesión de fecha dos de mayo de 2012”, finaliza el documento.