En un comunicado oficial, la delegación Morelos de la Secretaría de Economía federal reseña que a petición de la industria azucarera de los Estados Unidos de América, el gobierno de ese país inició una investigación por subvenciones en contra de las importaciones de azúcar mexicana, derivado de lo cual el 25 de agosto de 2014 determinó preliminarmente la imposición de derechos compensatorios provisionales, medidas que restan competitividad a ese producto en su acceso al mercado de Estados Unidos de América debido al cese de las exportaciones del dulce, impactando al mercado nacional, la economía y el bienestar de las familias que se ven beneficiadas con el desarrollo de la agroindustria de la caña de azúcar, por el impacto negativo que tendría la presencia de excedentes de producción en los precios del azúcar y la caña de azúcar en el mercado nacional.
“Con el propósito de mitigar los posibles efectos de las acciones del gobierno estadounidense, se optó por suscribir un acuerdo con la autoridad competente de los Estados Unidos de América, con lo cual se suspende el curso de la investigación de ese gobierno, y por lo tanto, la imposición de derechos compensatorios provisionales o definitivos que afecten las exportaciones mexicanas de azúcar a ese país”, afirma el boletín.
De no haberse suscrito dicho acuerdo, prosigue, la investigación continuaría con la eventual imposición de derechos compensatorios definitivos, cuya impugnación por parte de México, se resolvería en un largo plazo, durante el cual el azúcar mexicano no podría ser exportado a Estados Unidos de América, generando impactos negativos.
“El acuerdo por el que se suspende la investigación en materia de derechos compensatorios sobre azúcar de México fue celebrado el 19 de diciembre de 2014, entre el Departamento de Comercio de los Estados Unidos de América y la Secretaría de Economía de México (acuerdo de suspensión), el cual contempla que corresponderá a México controlar el volumen de exportación de azúcar a ese país, por lo que, en términos de la legislación aplicable, el instrumento idóneo de control es el establecimiento de un cupo máximo de exportación”, puntualiza.
Es necesario establecer un control a la exportación de azúcar a terceros países para preservar los compromisos y condiciones a que se refiere el Acuerdo de Suspensión, tales como exportar únicamente el excedente de la producción nacional, menos el volumen necesario para asegurar el abasto para consumo de azúcar en el país.
Por lo anterior, el 6 de febrero pasado la Secretaría de Economía publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo por el que se sujeta a permiso previo la exportación de azúcar, por lo que las empresas interesadas en exportar azúcar deberán cumplir con el trámite, ya que será exigible en la aduana a partir del 17 de febrero del presente año.
El 12 de febrero se iniciará el proceso de recepción de solicitudes, concluye.