Ayer dábamos a conocer en este espacio que el comisionado estatal de Seguridad Pública, Antonio Ortíz Guarneros, le pidió al fiscal Uriel Carmona Guarneros que ya no pida “indiscriminadamente” personal de custodia para víctimas del delito.
El documento fue publicado por el abogado penalista y ex presidente del Consejo de Juristas, Gibran Haro Álvarez (con eso de que luego quieren correr gente acusándola de filtrarnos documentos), y está fechado el 13 de febrero de 2020. (Lo expresado entre paréntesis es del columnista).
“…le comunico que dentro de esta dependencia a partir del día de la fecha no podrá implementarse ninguna medida de protección si no se acompaña al oficio de solicitud respectiva la siguiente información:
- a) Documento que acredite la vulnerabilidad y la situación de riesgo o peligro de la víctima y que ese riesgo sea inminente como lo señala el artículo 131 fracción XV del Código Nacional de Procedimientos Penales.
- b) Documento donde se haga constar que la víctima tiene conocimiento de las obligaciones a las cuales debe sujetarse para adaptarse a las condiciones que le imponga la corporación policiaca que desempeñará el servicio y en donde se dé por enterada de que en caso de incumplir con alguna de ellas la medida de protección será retirada.
- c) Se especifique de manera concreta qué medida de protección se requiere y la forma en la cual solicita sea brindada.
- d) Se señale la temporalidad por la cual se solicita, la cual en ningún caso podrá exceder lo preceptuado en el artículo 139 del CNPP (sesenta días naturales, prorrogables hasta por treinta días).
- e) Se señale que en caso de que la vigilancia que soliciten sea móvil con la víctima quién va a cubrir los gastos que se eroguen por el traslado del elemento policiaco.
“Lo anterior en virtud de que ésta dependencia ya no se encuentra (¿o sea que antes si?) en condiciones de cubrir todas las medidas de protección que son giradas de manera indiscriminada por los agentes del Ministerio Público a su cargo, puesto que esta institución ya no cumple (¡fuertes declaraciones!) con la labor principal de prevención del delito en virtud de que en el año 2019 se recibieron 9223 medidas de protección y actualmente en lo que va del año se han recibido 101 medidas de protección de manera fija y 703 medidas que se brindan de recorridos, lo que hace que se merme el estado de fuerza de esta institución de manera considerable si tomamos en cuenta que son destinados dos elementos policiacos por turno para cubrir las fijas, lo que hace que se disponga de 404 policías de manera fija y mil 406 elementos policiacos en realizar recorridos varias veces al día”.
Pero eso no es todo. Los policías preventivos también tienen que cuidar inmuebles; custodiar detenidos que están en hospitales; acompañar a víctimas a declarar; “se hacen funciones de notificador para entregar cédulas de notificación a imputados de la imposición de medidas de protección; se capacita (o se alecciona) a elementos policiacos para su comparecencia como testigos en audiencias de vinculación a proceso y juicio oral”, y todavía tiene que acompañar a secretarios de acuerdos (creo que se refieren a actuarios) para embargos, etc.
Menciona en su misiva que hay una Ley de Sujetos Protegidos del Estado de Morelos desde 2014, pero en sus artículos transitorios quedó estipulado que entrará en vigor una vez que los diputados aprueben el presupuesto correspondiente (o sea, nunca).
Por otra parte, el secretario de Gobierno Pablo Ojeda Cárdenas dio a conocer que el 40 por ciento de los elementos policiacos estatales y de los municipios están asignados a cumplir medidas de protección, por lo que son separados de otras áreas importantes. Refirió que al menos cinco alcaldes han expresado en la mesa de coordinación para la seguridad que han sido amenazados por grupos delictivos.
Ojeda Cárdenas acudió este martes a la sesión ordinaria de Consejo Estatal de Protección Civil y antes del acto oficial, fue entrevistado sobre el llamado del alcalde de Amacuzac, Ramiro Iturbide Parra, quien pidió protección, pues solo cuenta con un elemento para su vigilancia, a lo que el funcionario dijo que no hay condiciones para cumplir la demanda del edil.
En respuesta a una solicitud de información pública se nos proporcionó la lista de elementos de la Comisión Estatal de Seguridad Pública que están formalmente asignados a servidores públicos, y es la siguiente:
En el Poder Legislativo Diputado Marco Zapotitla Becerro, dos elementos; diputado José Galindo Cortéz, dos elementos; Alfonso de Jesús Sotelo Martínez, dos elementos.
Para los alcaldes: Cuernavaca, Antonio Villalobos Adán 2; Yautepec, Agustín Alonso, uno; Emiliano Zapata, Fernando Aguilar Palma, tres elementos; Yecapixtla, Francisco Sánchez Zavala, uno; Tlaltizapán, Alfredo Domínguez Mandujano, uno.
En el Poder Judicial: Magistrado Jorge Gamboa Olea, tres elementos; Magistrado Carlos Iván Arenas Ángeles (por órdenes de un Ministerio Público Federal), cuatro elementos, así como una Juez Penal con cuatro elementos también.
En el Poder Ejecutivo, la secretaria de Desarrollo Económico y del Trabajo, Ana Cecilia Rodríguez González, dos elementos; secretaria de Administración, Mirna Zavala Zúñiga, dos; asesor anticorrupción, Gerardo Becerra Chávez, cuatro; Oficina de la Gubernatura, seis.
El coordinador de la Policía de Investigación Criminal, Francisco Molina Villalobos, tiene tres elementos, en tanto que la fiscal antisecuestros, Adriana Pineda, tiene cuatro elementos.
Y para el final dejamos al que afirma que “no hay condiciones para incrementarles el número de escoltas a los presidentes municipales”.
Sí, el secretario de gobierno, Pablo Ojeda Cárdenas, tiene a doce elementos para su seguridad personal.
HASTA MAÑANA.